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BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Educación y Defensa firman acuerdo para formar a tropa

El Ministerio de Educación y el Ministerio de Defensa han firmado un acuerdo para ofrecer formación profesional a los militares de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios temporal con las Fuerzas Armadas. Este acuerdo busca mejorar la empleabilidad de estos militares en el ámbito laboral civil.


Crónica

El Ministerio de Educación y el Ministerio de Defensa han firmado un acuerdo para ofrecer formación profesional a los militares de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios temporal con las Fuerzas Armadas. Este acuerdo busca mejorar la empleabilidad de estos militares en el ámbito laboral civil.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de Defensa han suscrito un acuerdo interdepartamental para la realización de actuaciones en el marco del sistema de formación profesional destinadas a los militares profesionales de tropa y marinería. Este acuerdo tiene como objetivo mejorar la empleabilidad de estos militares en el ámbito laboral civil, ofreciéndoles formación profesional que les sea de utilidad en su incorporación al mercado laboral.

El acuerdo ha sido firmado por la Secretaria General de Formación Profesional, Esther Monterrubio Ariznabarreta, y la Subsecretaria de Defensa, Adoración Mateos Tejada. Según el acuerdo, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes se encargará de la propuesta y ejecución de la política del Gobierno en materia de formación profesional del sistema educativo y para el empleo, mientras que el Ministerio de Defensa se encargará de la formación para el empleo y el impulso y la coordinación de cuantas líneas de actuación se desarrollen para facilitar la incorporación al empleo del personal militar profesional de tropa y marinería.

El acuerdo también establece que las actividades de los militares profesionales de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios de carácter temporal pueden ser compaginadas con otras dirigidas a perfeccionar la formación que les será de utilidad en su incorporación al ámbito laboral civil. Esto se enmarca en la Ley Orgánica 3/2022, de 31 de marzo, de ordenación e integración de la Formación Profesional, que regula la modalidad de la oferta de formación profesional dirigida a los colectivos en situaciones de relación de sujeción especial, como el personal militar.

A quién afecta

  • Militares profesionales de tropa y marinería
  • Reservistas de especial disponibilidad
Texto íntegro del BOE desplegar

La Secretaria General de Formación Profesional y la Subsecretaria de Defensa han suscrito, con fecha de 6 de abril de 2026, un acuerdo interdepartamental para la realización de actuaciones en el marco del sistema de formación profesional destinadas a los militares profesionales de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y los reservistas de especial disponibilidad procedentes de esa escala. parrafo Para general conocimiento, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la referida adenda como anexo a la presente resolución. parrafo Madrid, 4 de mayo de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. parrafo_2 ANEXO anexo_num Acuerdo interdepartamental entre el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ministerio de Defensa, para la realización de actuaciones en el marco del sistema de formación profesional destinadas a los militares profesionales de tropa y marinería que mantienen una relación de servicios de carácter temporal con las Fuerzas Armadas y los reservistas de especial disponibilidad procedentes de esa escala (RED) anexo_tit REUNIDAS centro_redonda De una parte, doña Esther Monterrubio Ariznabarreta, Secretaria General de Formación Profesional, nombrada por Real Decreto 1191/2024, de 28 de noviembre, actuando en nombre y representación del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, y competente para la firma de este acuerdo en virtud de lo dispuesto en la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y en la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias. parrafo_2 De otra parte, doña Adoración Mateos Tejada, Subsecretaria de Defensa según nombramiento conferido por Real Decreto 361/2022, de 10 de mayo, en nombre y representación de la Ministra de Defensa, de acuerdo

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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