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BOE MINISTERIO DEL INTERIOR · Resolución

Interior colabora

El Ministerio del Interior y la Universidad Internacional Villanueva firman un convenio para desarrollar prácticas académicas y formación en seguridad. El acuerdo permitirá a los estudiantes realizar prácticas no remuneradas en el Ministerio del Interior.


Crónica

El Ministerio del Interior y la Universidad Internacional Villanueva firman un convenio para desarrollar prácticas académicas y formación en seguridad. El acuerdo permitirá a los estudiantes realizar prácticas no remuneradas en el Ministerio del Interior.

El Ministerio del Interior y la Universidad Internacional Villanueva han firmado un convenio para desarrollar prácticas académicas y formación en seguridad. El acuerdo permitirá a los estudiantes de la universidad realizar prácticas no remuneradas en el Ministerio del Interior, lo que les permitirá aplicar y complementar los conocimientos adquiridos en su formación académica.

El convenio se enmarca en la competencia exclusiva del Estado en materia de seguridad pública, establecida en el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española. El Ministerio del Interior tiene como objetivo promover la cooperación en el desarrollo de un programa de prácticas académicas externas que favorezca la adquisición de competencias y prepare a los estudiantes para el ejercicio de actividades profesionales.

La Universidad Internacional Villanueva goza de autonomía, de acuerdo con el artículo 27.10 de la Constitución y la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario. El convenio se ajusta a la autonomía de la universidad y permite el establecimiento de relaciones con otras instituciones y organismos para desarrollar funciones propias de la universidad.

El coste de la implementación de este convenio recaerá sobre la Universidad Internacional Villanueva, que deberá proporcionar los recursos necesarios para el desarrollo de las prácticas académicas. El Ministerio del Interior, se compromete a proporcionar el apoyo y la supervisión necesarios para garantizar el éxito del programa.

A quién afecta

  • Estudiantes de la Universidad Internacional Villanueva
  • Ministerio del Interior
Texto íntegro del BOE desplegar

Habiéndose suscrito el 5 de mayo de 2026 el Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Internacional Villanueva para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio que figura como anexo a esta resolución. parrafo Madrid, 7 de mayo de 2026.–El Secretario General Técnico, Juan Antonio Puigserver Martínez. parrafo_2 ANEXO anexo_num Convenio entre el Ministerio del Interior y la Universidad Internacional Villanueva para el desarrollo de prácticas académicas, investigación y formación anexo_tit En Madrid, a 5 de mayo de 2026. parrafo_2 REUNIDOS centro_redonda De una parte, don Fernando Grande Marlaska, Ministro del Interior, nombrado por Real Decreto 835/2023, de 20 de noviembre, al amparo de lo previsto en los artículos 48.2 y 61.k) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, y con domicilio a los efectos del presente convenio en la calle Amador de los Ríos, 2, 28071 de Madrid. parrafo_2 Y, de otra parte, doña Ester María Mocholi Ferrándiz, Rectora, y don Francisco Javier Sota Ramos, Secretario General, de la Universidad Internacional Villanueva, CIF A86787850, entidad domiciliada en Madrid, calle Costa Brava 2 y 6, con código postal 28034, que actúan en representación de dicha institución como apoderados mancomunados de la entidad, en virtud de poder notarial otorgado el día 7 de octubre de 2025 por don Luis Rueda Esteban, con el número 1.738 de su protocolo. parrafo Ambas partes, que actúan en razón de sus respectivos cargos, declaran que intervienen con capacidad legal necesaria y competencia suficiente para suscribir el presente convenio y, a tal efecto, parrafo_2 EXPONEN centro_redonda Primero. articulo Por un lado, el artículo 149.1.29.ª de la Constitución Española establece que el Estado tiene competencia exclusiva sobre la materia de seguridad pública. parrafo Por su parte, el artículo 1.1 de la Ley Orgánica 2/1986, de 13

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