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BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Fiscalía jubila a Prados

La Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia declara la jubilación voluntaria de Eduardo Javier Prados Frutos, Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid, a partir del 18 de mayo de 2026. La resolución se publica en el BOE según el Reglamento del Ministerio Fiscal.


Crónica

La Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia declara la jubilación voluntaria de Eduardo Javier Prados Frutos, Fiscal de la Fiscalía Provincial de Madrid, a partir del 18 de mayo de 2026. La resolución se publica en el BOE según el Reglamento del Ministerio Fiscal.

La jubilación de don Eduardo Javier Prados Frutos, Fiscal con destino en la Fiscalía Provincial de Madrid, se declara por resolución de la Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia. La resolución se publica en el BOE de acuerdo con el artículo 138.3 del Reglamento del Ministerio Fiscal.

El procedimiento de jubilación se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal.

La jubilación producirá efectos a partir del día 18 de mayo de 2026, y don Eduardo Javier Prados Frutos tendrá los derechos pasivos que le correspondan por esta causa.

Trámite administrativo: jubilación de un fiscal. No requiere acción de terceros.

A quién afecta

  • Fiscalía Provincial de Madrid
Texto íntegro del BOE desplegar

Según lo dispuesto en el artículo 138.2 del Reglamento del Ministerio Fiscal, aprobado por el Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo, el procedimiento de jubilación se regirá por lo dispuesto en la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, en la Ley 50/1981, de 30 de diciembre, por la que se regula el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal, y en la citada norma reglamentaria. En lo no previsto por las normas anteriores, regirá lo establecido en el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, y, en caso, en el Texto Refundido de la Ley General de la Seguridad Social. parrafo Por resolución de la Dirección General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia del día de la fecha: parrafo Vengo en declarar la jubilación voluntaria de don Eduardo Javier Prados Frutos, Fiscal con destino en la Fiscalía Provincial de Madrid, con los derechos pasivos que le correspondan por esta causa y cuya jubilación producirá efectos a partir del día 18 de mayo de 2026. parrafo_2 Procédase a la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial de Estado», de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 138.3 del Reglamento del Ministerio Fiscal, aprobado por el Real Decreto 305/2022, de 3 de mayo. parrafo_2 Madrid, 4 de mayo de 2026.–La Directora General para la Eficiencia del Servicio Público de Justicia, Verónica Ollé Sesé. parrafo_2

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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