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BOE MINISTERIO DE VIVIENDA Y AGENDA URBANA · Resolución

Vivienda nombra secretarios

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana nombra a Elena Brochado Contreras y Sara María Gandul García como secretarias de director de gabinete. La toma de posesión se realizará según el Real Decreto 364/1995.


Crónica

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana nombra a Elena Brochado Contreras y Sara María Gandul García como secretarias de director de gabinete. La toma de posesión se realizará según el Real Decreto 364/1995.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha resuelto la convocatoria de libre designación para puestos de trabajo en el departamento. La Subsecretaría ha dispuesto resolver la convocatoria según el informe de la unidad proponente. Los nuevos secretarios de director de gabinete son Elena Brochado Contreras y Sara María Gandul García.

La toma de posesión se realizará según el artículo 48 del Real Decreto 364/1995. Contra la presente resolución, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses.

El Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana ha cubierto los puestos de trabajo con los candidatos seleccionados. No se prevén cambios estructurales en el departamento.

Los funcionarios afectados son los que ocuparán los puestos de secretarios de director de gabinete. El coste de la convocatoria y el proceso de selección recae sobre el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana.

A quién afecta

  • Funcionarios del Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana
Texto íntegro del BOE desplegar

Por Resolución de 31 de marzo de 2026, (BOE de 7 de abril de 2026), se anunció convocatoria pública para la provisión de puestos de trabajo en el Ministerio de Vivienda y Agenda Urbana, por el sistema de libre designación. parrafo De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de medidas para la reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III, del título III, del Real Decreto 364/1995 de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles del Estado, comprobado el cumplimiento por parte de las candidatas elegidas de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, parrafo Esta Subsecretaría en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público ha dispuesto resolver la referida convocatoria, de acuerdo con el informe de la unidad proponente, según se detalla en el anexo adjunto. parrafo La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, antes citado. parrafo Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente a su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del que corresponda al domicilio del demandante, a elección del mismo, conforme a lo establecido en los artículos 10.1.i) y 14.1 segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, o potestativamente y con carácter previo, recurso de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículo

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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