Crónica
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible nombra a Juan Vila Morales como Subdirector Adjunto en la Subdirección General de Ordenación y Normativa de Transporte por Carretera y Ferrocarril. La resolución se publica tras la convocatoria de libre designación efectuada el 7 de abril de 2026.
El Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible ha resuelto la convocatoria de libre designación para cubrir el puesto de Subdirector Adjunto en la Subdirección General de Ordenación y Normativa de Transporte por Carretera y Ferrocarril. El nombramiento recae en Juan Vila Morales, funcionario del Cuerpo Superior de Administradores Civiles del Estado.
La convocatoria se efectuó el 7 de abril de 2026, y tras el proceso de selección, se ha emitido un informe motivado por parte de la Subdirección General de Ordenación y Normativa de Transporte por Carretera y Ferrocarril. En dicho informe, se especifican los criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento, así como los méritos y capacidades que el candidato propuesto reúne para el desempeño del puesto de trabajo.
El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 48 del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado. Contra la presente resolución, cabe recurso administrativo de reposición ante el mismo órgano que lo dictó, en el plazo de un mes, o recurso contencioso-administrativo ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su comunidad autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid.
El nombramiento de Juan Vila Morales como Subdirector Adjunto en la Subdirección General de Ordenación y Normativa de Transporte por Carretera y Ferrocarril no tiene un impacto significativo en la estructura del Ministerio, pero refleja la continuidad en la gestión de la política de transportes y movilidad sostenible. El coste de este nombramiento recae en la Administración General del Estado, y no se prevén cambios en la estructura organizativa del Ministerio.
A quién afecta
- Funcionarios del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible
Texto íntegro del BOE desplegar
Por Resolución de 7 de abril de 2026 («Boletín Oficial del Estado» de 14 de abril de 2026) se anunció convocatoria pública para cubrir, por el sistema de libre designación, un puesto de trabajo en este Departamento, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.b) y c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública. parrafo En cumplimiento de lo previsto en el artículo 54 del Reglamento General de ingreso del personal al servicio de la Administración General del Estado y de provisión de puestos de trabajo y promoción profesional de los funcionarios civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo; el día 7 de mayo se emitió informe motivado por parte de la Subdirección General de Ordenación y Normativa de Transporte por Carretera y Ferrocarril en relación con el puesto de Subdirector/a Adjunto. En dicho informe se especifican tanto los criterios de interés general elegidos como prioritarios para decidir el nombramiento, como los méritos y capacidades que el candidato propuesto reúne para el desempeño del puesto de trabajo. parrafo Acreditada la observancia del procedimiento establecido en el título III, capítulo III, del citado reglamento, así como el cumplimiento por parte del candidato de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, parrafo Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63.1.n) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve la referida convocatoria como a continuación se indica: parrafo Se adjudica el puesto al funcionario, y en los términos que se expresan en el anexo I. parrafo_2 El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 48, al que remite el 57, del Reglamento General antes citado. parrafo Contra la presente resolución, que agota la vía administrativa, cabe, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposic
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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