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BOE MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES · Resolución

Inclusión nombra puestos

La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones nombra a funcionarios para puestos en la Intervención General de la Seguridad Social, con plazo de toma de posesión de tres días hábiles o un mes según el caso. Los destinos adjudicados son de carácter voluntario y no generan derecho a indemnización.


Crónica

La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones nombra a funcionarios para puestos en la Intervención General de la Seguridad Social, con plazo de toma de posesión de tres días hábiles o un mes según el caso. Los destinos adjudicados son de carácter voluntario y no generan derecho a indemnización.

La Subsecretaría de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones ha resuelto el concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Intervención General de la Seguridad Social. Los funcionarios seleccionados deberán tomar posesión de sus nuevos puestos en un plazo de tres días hábiles si no implica cambio de residencia, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo.

Los puestos adjudicados son de carácter voluntario y no generan derecho a indemnización por concepto alguno. Los funcionarios que obtengan destino en este concurso deberán permanecer en el puesto de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos de provisión.

Esta resolución afecta a los funcionarios que han participado en el concurso y a los departamentos de recursos humanos de la Intervención General de la Seguridad Social, que deberán garantizar la correcta implementación de los cambios.

En cuanto a las implicaciones, esta resolución sienta un precedente para la gestión de personal en la administración pública, destacando la importancia de la planificación y la transparencia en los procesos de selección.

A quién afecta

  • Funcionarios de la Intervención General de la Seguridad Social
  • Departamentos de recursos humanos de la Intervención General de la Seguridad Social

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Texto íntegro del BOE desplegar

Por Resolución de la Subsecretaría de 22 de octubre de 2025 («Boletín Oficial del Estado» de 6 de noviembre), se convocó concurso específico para la provisión de puestos de trabajo en la Intervención General de la Seguridad Social. Habiéndose dado cumplimiento a las normas reglamentarias y a las bases de la convocatoria, finalizado el plazo de presentación de instancias, valorados los méritos alegados por los concursantes y a propuesta de la Comisión de Valoración a la que hace referencia la base séptima de la citada resolución, Esta Subsecretaría ha resuelto: Primero. articulo Adjudicar los puestos de trabajo que se relacionan en los anexos que acompañan a la presente resolución a los funcionarios que asimismo se especifican, y declarar desiertos los puestos de trabajo que se detallan en los mismos. Segundo. articulo Las posibles personas adjudicatarias que por causas legalmente establecidas no puedan constar en el anexo deberán formalizar la toma de posesión en el puesto de trabajo una vez le sea comunicado de forma individual por esta Subsecretaría. Tercero. articulo El plazo para tomar posesión será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la presente resolución. Cuarto. articulo El personal que obtenga destino en este concurso deberá permanecer en el puesto de trabajo adjudicado un mínimo de dos años para poder participar en otros concursos de provisión, salvo en el ámbito de la Secretaría de Estado de Seguridad Social y Pensiones, o en los supuestos previstos en el párrafo segundo del artículo 20.1.e) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública y en el de supresión del puesto de trabajo. Quinto

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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex

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