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BOE MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES · Resolución

Migraciones nombra subdirector

La Secretaría de Estado de Migraciones nombra a Narciso Enrique Hurtado Saucedo como subdirector general de Gestión Migratoria. La toma de posesión se realizará según el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.


Crónica

La Secretaría de Estado de Migraciones nombra a Narciso Enrique Hurtado Saucedo como subdirector general de Gestión Migratoria. La toma de posesión se realizará según el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.

La Secretaría de Estado de Migraciones ha resuelto la convocatoria de libre designación para un puesto de trabajo en su estructura. El nombramiento de Narciso Enrique Hurtado Saucedo como subdirector general de Gestión Migratoria se produce después de un proceso de selección conforme a la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública.

El nuevo subdirector general tomará posesión de su cargo según el artículo 48 del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado.

Este nombramiento es un trámite administrativo que forma parte de la gestión de personal en la Administración General del Estado. No requiere acción de terceros.

A quién afecta

  • Funcionarios de la Administración General del Estado
  • Secretaría de Estado de Migraciones
Texto íntegro del BOE desplegar

Por Resolución de 28 de abril de 2026 (BOE de 1 de mayo) se convocó la provisión, por el procedimiento de libre designación, de un puesto de trabajo en la Secretaria de Estado de Migraciones. parrafo Conforme a lo dispuesto en el artículo 20.1.b) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el capítulo III del título III del Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, parrafo Esta Secretaria de Estado ha dispuesto: parrafo Primero. articulo Resolver la referida convocatoria adjudicando el puesto de trabajo en los términos que se señalan en el anexo adjunto. parrafo Segundo. articulo La toma de posesión del nuevo destino se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Reglamento anteriormente citado. parrafo Tercero. articulo Contra esta resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, contados desde el día siguiente al de su publicación, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de su Comunidad Autónoma o del Tribunal Superior de Justicia de Madrid, a elección del recurrente, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1 Segunda y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa o, potestativamente y con carácter previo, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que la dictó, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. parrafo Madrid, 21 de mayo de 2026.–La Secretaria de Estado de Migraciones, P. D. (Orden ISM/1245/2024

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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