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BOE MINISTERIO DE EDUCACIÓN, FORMACIÓN PROFESIONAL Y DEPORTES · Resolución

Educación lanza Aula Mentor

El Ministerio de Educación y el Ayuntamiento de Sabadell firman un convenio para desarrollar el programa de formación abierta Aula Mentor, que promueve la educación a distancia y la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación. El convenio tiene como objetivo promover ofertas de aprendizaje flexibles para jóvenes y adultos que abandonaron el sistema educativo sin titulación.


Crónica

El Ministerio de Educación y el Ayuntamiento de Sabadell firman un convenio para desarrollar el programa de formación abierta Aula Mentor, que promueve la educación a distancia y la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación. El convenio tiene como objetivo promover ofertas de aprendizaje flexibles para jóvenes y adultos que abandonaron el sistema educativo sin titulación.

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes y el Ayuntamiento de Sabadell han firmado un convenio para desarrollar el programa de formación abierta Aula Mentor. Este programa tiene como objetivo promover la educación a distancia y la incorporación de tecnologías de la información y la comunicación en la sociedad.

El convenio se enmarca en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, que establece que las Administraciones públicas deben promover ofertas de aprendizaje flexibles para aquellos jóvenes y adultos que abandonaron el sistema educativo sin ninguna titulación.

El Ayuntamiento de Sabadell tiene capacidad para firmar este convenio, según la Ley 7/1985, de 2 de abril, de Bases del Régimen Local. El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes tiene entre sus objetivos la incorporación de la educación a la sociedad de la información por medio de la promoción de las tecnologías de la información y la comunicación.

El convenio supone un paso adelante en la promoción de la educación a distancia y la formación profesional en España. Los beneficiarios directos serán los jóvenes y adultos que abandonaron el sistema educativo sin titulación, que podrán acceder a ofertas de aprendizaje flexibles y adaptadas a sus necesidades. Las entidades locales y los organismos autónomos también se verán beneficiados, ya que podrán desarrollar programas de educación no formal y formación profesional para el empleo.

A quién afecta

  • Jóvenes y adultos sin titulación
  • Entidades locales
  • Organismos autónomos
Texto íntegro del BOE desplegar

El Ayuntamiento de Sabadell y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes, han suscrito, con fecha 28 de mayo de 2026, un convenio para el desarrollo del programa de formación abierta denominado «Aula Mentor», por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución. parrafo Madrid, 3 de junio de 2026.–La Secretaria General Técnica, Laura Manzano Palomo. parrafo_2 ANEXO anexo_num Convenio entre el Ayuntamiento de Sabadell y el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes para el desarrollo del programa de formación abierta denominado «Aula Mentor» anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, la Sra. doña Marta Farrés Falgueras Alcaldesa-Presidenta del Ayuntamiento de Sabadell, nombrada por Pleno en fecha 17 de junio de 2023. parrafo_2 De otra parte, el Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes con domicilio social en calle Alcalá, número 34, de Madrid, representado en este acto por doña Esther Monterrubio Ariznabarreta, Secretaria General de Formación Profesional, en virtud del Real Decreto 1191/2024 de 28 de noviembre, por el que se nombra Secretaria General de Formación Profesional, y actuando en el ejercicio de la competencia que le otorga la Orden EFD/335/2025, de 3 de abril, sobre fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos y de delegación de competencias. parrafo En adelante, ambas entidades serán denominadas de manera conjunta como las Partes. parrafo Ambas Partes, que actúan en razón de las facultades que sus respectivos cargos les otorgan, se reconocen la capacidad necesaria para formalizar el presente convenio, y a tal fin parrafo_2 EXPONEN centro_redonda I. Que la L

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