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BOE CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · Acuerdo

CGPJ convoca concurso

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial convoca un concurso de méritos para cubrir un puesto de trabajo en la Escuela Judicial, dirigido a funcionarios de carrera de las administraciones públicas. El plazo de presentación de solicitudes no se especifica.


Crónica

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial convoca un concurso de méritos para cubrir un puesto de trabajo en la Escuela Judicial, dirigido a funcionarios de carrera de las administraciones públicas. El plazo de presentación de solicitudes no se especifica.

La Escuela Judicial necesita cubrir un puesto de trabajo en su Servicio de Formación Continua, por lo que la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial ha decidido convocar un concurso de méritos. Este concurso está dirigido a funcionarios de carrera de las administraciones públicas que pertenezcan a cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo A2, así como a funcionarios del cuerpo o escala de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia.

Los requisitos de participación incluyen tener destino definitivo y haber transcurrido al menos dos años desde la toma de posesión del último destino definitivo, aunque hay excepciones para el personal funcionario que haya sido removido de su puesto o que haya sido suprimido su puesto de trabajo. El concurso consta de dos fases: una primera en la que se valorarán los méritos generales y una segunda en la que se valorarán los méritos específicos adecuados a las características del puesto.

El coste de esta convocatoria recae sobre los funcionarios que participen en el concurso, que deberán cumplir con los requisitos y seguir el procedimiento establecido. La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial es la encargada de gestionar este proceso y de seleccionar al candidato idóneo para el puesto.

A quién afecta

  • Funcionarios de carrera de las administraciones públicas
  • Personal del Consejo General del Poder Judicial
Texto íntegro del BOE desplegar

En el Servicio de Formación Continua de la Escuela Judicial se encuentra vacante y dotado presupuestariamente un puesto de trabajo con las características que se describen en el anexo I de este acuerdo y cuya cobertura se considera necesaria para atender correctamente las funciones y competencias atribuidas a ese órgano técnico. parrafo Por ello la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día de la fecha y en el ejercicio de las competencias delegadas por el Pleno del Consejo en su reunión del día 23 de octubre de 2024 (BOE del 28 de octubre), ha acordado convocar un concurso de méritos para su provisión, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 625 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial. parrafo El presente concurso tendrá en cuenta el principio de igualdad de trato entre mujeres y hombres en materia de acceso al empleo público, a la formación profesional y a las condiciones de trabajo, por lo que la provisión de puestos de trabajo se efectuará de acuerdo con el artículo 14 de la Constitución española, la Directiva 2006/54/CE, de 5 de julio de 2006, relativa a la aplicación del principio de igualdad de oportunidades e igualdad de trato entre hombres y mujeres en asuntos de empleo y ocupación, la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres y al primer Plan de Igualdad del personal al servicio del Consejo, aprobado por acuerdo de 26 de febrero de 2025, del Pleno. parrafo El concurso de méritos se regirá por las siguientes normas. parrafo Primera. Requisitos de participación. articulo 1. Podrán tomar parte en el presente concurso los funcionarios y las funcionarias de carrera de las administraciones públicas pertenecientes o integrados en cuerpos o escalas clasificados en el subgrupo «A2» a que se refiere el artículo 76 del texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público, aprobado por Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octub

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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