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BOE UNIVERSIDADES · Resolución

Universidad de Burgos nombra catedrático

La Universidad de Burgos nombra a Óscar López de Foronda Pérez como Catedrático de Universidad en el área de Economía Financiera y Contabilidad. El nombramiento se produce tras un concurso de acceso y deberá tomar posesión de su plaza en un plazo máximo de veinte días.


Crónica

La Universidad de Burgos nombra a Óscar López de Foronda Pérez como Catedrático de Universidad en el área de Economía Financiera y Contabilidad. El nombramiento se produce tras un concurso de acceso y deberá tomar posesión de su plaza en un plazo máximo de veinte días.

La Universidad de Burgos ha nombrado a Óscar López de Foronda Pérez como Catedrático de Universidad en el área de Economía Financiera y Contabilidad, dentro del Departamento de Economía y Administración de Empresas de la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales. Este nombramiento se produce tras la superación de un concurso de acceso, en el que el candidato acreditó reglamentariamente los requisitos necesarios.

El Rectorado de la Universidad de Burgos, por las atribuciones que le confiere el artículo 83 de los Estatutos de la Universidad, ha resuelto nombrar a Óscar López de Foronda Pérez como funcionario de cuerpos docentes universitarios. El nuevo catedrático deberá tomar posesión de su plaza en un plazo máximo de veinte días, contados a partir del día siguiente a la publicación del nombramiento en el Boletín Oficial del Estado.

Este nombramiento supone un cambio en la composición del equipo docente de la Universidad de Burgos, y puede tener implicaciones para la planificación académica y la investigación en el área de Economía Financiera y Contabilidad. Sin embargo, no parece tener un impacto significativo en la estructura general de la universidad o en el sector educativo en general.

En cuanto a los efectos del nombramiento, si el candidato no ostentase ya la condición de funcionario de carrera del cuerpo docente universitario, adquirirá esta condición al tomar posesión de su plaza, con los derechos y deberes que le son propios. Si ya viniera ostentando esta condición, la toma de posesión tendrá los efectos de cambio de destino de carácter voluntario o de reingreso al servicio activo.

A quién afecta

  • Catedráticos de Universidad
  • Departamento de Economía y Administración de Empresas
Texto íntegro del BOE desplegar

Vista la propuesta de nombramiento efectuada por la respectiva Comisión de Selección encargada de valorar la adjudicación de las plazas convocadas a concurso de acceso por Resolución Rectoral de 19 de febrero de 2026 («Boletín Oficial del Estado» de 2 de marzo) y acreditados reglamentariamente por el concursante los requisitos a los que alude la base décimo segunda de la citada resolución Rectoral, parrafo Este Rectorado, en virtud de las atribuciones que le confiere el artículo 83 de los Estatutos de la Universidad de Burgos y demás disposiciones aplicables, ha resuelto, tras la superación del respectivo concurso de acceso, nombrar funcionario de cuerpos docentes universitarios a: parrafo Don Óscar López de Foronda Pérez con DNI ***6556** en el cuerpo de Catedráticos de Universidad, Área de Conocimiento de Economía Financiera y Contabilidad, Departamento de Economía y Administración de Empresas, en la Facultad de Ciencias Económicas y Empresariales, código en el concurso: CU-2026-2 y código de la plaza en la Relación de Puestos de Trabajo de Personal Docente e Investigador: EAE-ECO-CU-3. parrafo_2 De acuerdo con la base 12.5 de la convocatoria, en el plazo máximo de veinte días, a contar desde el día siguiente de la publicación del nombramiento en el «Boletín Oficial del Estado», el candidato propuesto deberá tomar posesión de su plaza, momento en el que adquirirá la condición de funcionario de carrera del cuerpo docente universitario de que se trate, si no ostentase ya dicha condición, con los derechos y deberes que le son propios. Si ya viniera ostentando la condición de funcionario de carrera del mismo cuerpo docente, la toma de posesión tendrá los efectos de cambio de destino de carácter voluntario o de reingreso al servicio activo en su caso, por nombramiento mediante concurso de acceso, sin que el interesado tenga derecho a percibir ningún tipo de indemnización respecto del período en el que no hubiese estado ocupando plaza alguna. parrafo_2 Contra esta resol

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