Crónica
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo concede la acreditación como Organización no Gubernamental de Desarrollo Calificada a la Asociación NOVACT. La entidad cumplió con los requisitos establecidos y obtuvo una puntuación de 76,46 puntos sobre 100.
La Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo (AECID) ha concedido la acreditación como Organización no Gubernamental de Desarrollo Calificada a la Asociación NOVACT. Esta decisión se produce después de que la entidad solicitara la iniciación del procedimiento de obtención de la acreditación en mayo de 2024 y presentara la documentación exigida.
La Asociación NOVACT, con sede en Madrid y registrada en el Registro de ONGD de la AECID desde 2006, ha demostrado cumplir con los requisitos establecidos para obtener la acreditación. La valoración global obtenida por la entidad fue de 76,46 puntos sobre 100, lo que supera la puntuación mínima exigida.
Esta acreditación supone un reconocimiento a la labor de la Asociación NOVACT en el ámbito del desarrollo sostenible y la innovación. La entidad podrá ahora participar en proyectos y programas de cooperación internacional con mayor reconocimiento y credibilidad.
En cuanto a las implicaciones, esta acreditación puede sentar un precedente para otras organizaciones no gubernamentales que buscan obtener la calificación de ONGD Calificada. Además, puede reforzar la posición de la Asociación NOVACT en el sector del desarrollo sostenible y la innovación, lo que puede beneficiar a la entidad en términos de acceso a fondos y recursos.
A quién afecta
- Asociación NOVACT
- Organizaciones no gubernamentales de desarrollo
Texto íntegro del BOE desplegar
Nombre de la Entidad: Asociación NOVACT; CIF G62083357; Domicilio: calle Príncipe 12 5.º D - 28012 Madrid; SIA: 997781. parrafo Vista la propuesta formulada por Dirección de Alianzas para el Desarrollo Sostenible e Innovación, en cumplimiento del apartado I de la Resolución de 17 de septiembre de 2013, de la Presidencia de la Agencia Española de Cooperación Internacional para el Desarrollo, por la que se establece el procedimiento para la obtención, revisión y revocación de la calificación de las organizaciones no gubernamentales de desarrollo, y sus posteriores modificaciones, considerando: parrafo_2 Primero. articulo Que la entidad pertenece al Registro de ONGD de la AECID con el número de registro 1185, su fecha de inscripción fue el 13 de febrero de 2006, y se adaptó al nuevo reglamento del Registro el 18 de mayo de 2016. parrafo Segundo. articulo Que 10 de mayo de 2024 la entidad Asociación NOVACT solicita la iniciación del procedimiento de la obtención de la acreditación como ONGD Calificada. parrafo Tercero. articulo Que la entidad solicitante ha presentado la documentación exigida por el apartado I.3.2 Documentación indispensable para obtener la acreditación como ONGD calificada a la misma. parrafo Cuarto. articulo Que, revisada la documentación aportada, se acredita en ella los requisitos establecidos en apartado el I.1.2.y con lo establecido en el I.2.1 parrafo Quinto. articulo Que la entidad solicitante cumple, de acuerdo con la valoración realizada en aplicación de lo establecido en el apartado I.5, con la puntuación mínima exigida en cada uno de los bloques de valoración. parrafo Sexto. articulo Que la valoración global obtenida por la entidad solicitante ha sido de 76,46 puntos sobre 100. parrafo Esta Presidencia de la AECID, resuelve: parrafo_2 Conceder la acreditación como Organización No Gubernamental de Desarrollo calificada a la entidad Asociación NOVACT. parrafo_2 Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe recurso pot
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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