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BOE MINISTERIO DE INCLUSIÓN, SEGURIDAD SOCIAL Y MIGRACIONES · Resolución

INSS prorroga convenio

La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Tarragona y el Consell Comarcal de la Ribera d'Ebre prorrogan su convenio de colaboración para prestar servicios de atención e información a la ciudadanía hasta 2028. La prórroga se formaliza por un periodo de 2 años.


Crónica

La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Tarragona y el Consell Comarcal de la Ribera d'Ebre prorrogan su convenio de colaboración para prestar servicios de atención e información a la ciudadanía hasta 2028. La prórroga se formaliza por un periodo de 2 años.

La Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Tarragona y el Consell Comarcal de la Ribera d'Ebre han suscrito una adenda de prórroga del convenio de colaboración para la prestación de servicios de atención e información a la ciudadanía. El convenio original se firmó en julio de 2025 y tenía una vigencia de un año. La prórroga se formaliza por un periodo de 2 años, hasta 2028, con el objetivo de mantener la prestación de servicios.

La colaboración entre ambas entidades tiene por objeto complementar los servicios de atención e información en las materias propias del ámbito de competencias del INSS para los ciudadanos de su propio municipio y de los municipios referidos en el convenio.

La prórroga del convenio no implica cambios significativos en la prestación de servicios, pero sí garantiza la continuidad de la colaboración entre las dos entidades. Los departamentos de atención al ciudadano de ambas entidades deberán adaptar sus procedimientos para asegurar la continuidad de los servicios.

La prórroga del convenio beneficiará a los ciudadanos de la Ribera d'Ebre, que podrán seguir accediendo a servicios de atención e información de calidad. Sin embargo, no se prevén cambios significativos en la estructura de costes de las entidades involucradas.

A quién afecta

  • Ciudadanos de la Ribera d'Ebre
  • Departamentos de atención al ciudadano del INSS y del Consell Comarcal
Texto íntegro del BOE desplegar

Con fecha 4 de junio de 2026 se ha suscrito la Adenda de prórroga del Convenio entre la Dirección Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social de Tarragona y el Consell Comarcal de la Ribera d’Ebre, para la prestación de servicios de atención e información a la ciudadanía, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado Convenio. parrafo Madrid, 8 de junio de 2026.−El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García. parrafo_2 ADENDA DE PRÓRROGA DEL CONVENIO ENTRE LA DIRECCIÓN PROVINCIAL DEL INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL DE TARRAGONA Y EL CONSELL COMARCAL DE LA RIBERA D’EBRE, PARA LA PRESTACIÓN DE SERVICIOS DE ATENCIÓN E INFORMACIÓN A LA CIUDADANÍA anexo A la fecha de las firmas. parrafo_2 REUNIDOS centro_redonda De una parte, doña Mónica Herranz Herguedas, Directora Provincial del Instituto Nacional de la Seguridad Social (INSS) en Tarragona, nombrada por Orden ESS/1320/2015, de 23 de junio, por la que se resuelve la convocatoria de libre designación efectuada por Orden ESS/784/2015 de 20 de abril (BOE de 3 de julio de 2015), actuando en razón de su cargo y con capacidad legal suficiente para representar al INSS conforme las competencias que le atribuye el apartado primero 6.4.a) de la Resolución de 29 de septiembre de 2022, de la Dirección General del Instituto Nacional de la Seguridad Social, sobre delegación de competencias (BOE de 1 de octubre de 2022). parrafo_2 Y, de otra parte, don Francesc Lluis Barbero Escrivà, Presidente del Consell Comarcal de la Ribera d’Ebre, cuyo nombramiento fue aprobado por acuerdo del Pleno Extraordinario celebrado en el Consell el día 19 de julio de 2023, actuando en razón de su cargo, y conforme a las atribuciones reconocidas en el artículo 21.1.b) de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases de Régimen Local, y el artículo 13.1.a) del Decreto Le

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