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BOE COMUNIDAD AUTÓNOMA DE ANDALUCÍA · Resolución

Andalucía asigna plazas

La Consejería de Justicia de Andalucía asigna destinos a funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que superaron el proceso selectivo. Deben tomar posesión en 20 días hábiles.


Crónica

La Consejería de Justicia de Andalucía asigna destinos a funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que superaron el proceso selectivo. Deben tomar posesión en 20 días hábiles.

La Consejería de Justicia de la Comunidad Autónoma de Andalucía ha publicado una resolución que otorga destino a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que superaron el proceso selectivo convocado por la Orden JUS/1288/2022. Estos funcionarios deberán tomar posesión de su cargo en las oficinas judiciales correspondientes dentro de un plazo de 20 días hábiles contados a partir de la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado.

El proceso de toma de posesión implica la presentación de documentos específicos, como el F1R, que deberán ser remitidos por la gerencia territorial correspondiente. Los funcionarios que ya pertenezcan a otros cuerpos, como el de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial, y que opten por continuar en activo en esos cuerpos, no necesitarán desplazarse a tomar posesión, sino que deberán comunicar su opción a la gerencia territorial correspondiente.

La resolución también establece que los funcionarios interinos que ocupen plazas adjudicadas a los aspirantes aprobados cesarán el mismo día en que se produzca la toma de posesión del titular. Además, se recuerda la legislación sobre incompatibilidades del personal al servicio de la Administración Pública, que es aplicable al personal al servicio de la Administración de Justicia.

En cuanto a las implicaciones, esta resolución afecta directamente a los funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa que han sido asignados a nuevas plazas, así como a los funcionarios interinos que ocupan esas plazas. El coste de la implementación de esta resolución recae sobre la Administración de Justicia, que deberá gestionar el proceso de toma de posesión y la asignación de recursos.

A quién afecta

  • Funcionarios del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa
  • Funcionarios interinos
Texto íntegro del BOE desplegar

De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia ha resuelto adjudicar destinos en las oficinas judiciales que se relacionan en anexo I al personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa (turno libre), nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa por Orden de 25 de mayo de 2026, teniendo en cuenta lo siguiente: parrafo Primero. articulo Las personas funcionarias del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo ante el responsable de la oficina judicial de destino dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el siguiente al de la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado», de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, para lo cual deberán obrar con suficiente antelación en dichos órganos judiciales los documentos F1R, que habrán sido remitidos, por cuadruplicado ejemplar, previamente por la gerencia territorial que corresponda. parrafo Segundo. articulo Las personas funcionarias destinadas en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya como titulares al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Auxilio Judicial y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, bastando con que dentro del plazo de toma de posesión señalado en el apartado primero, comuniquen, en su caso, a la gerencia territorial correspondiente o al órgano competente de las comunidades autónomas con traspasos recibidos dicha opc

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Normativa anterior tocada

  • MODIFICA los destinos del personal funcionario del Cuerpo de Gestión Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia que superó el proceso selectivo convocado por Orden JUS/1288/2022, de 22 de diciembre

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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