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BOE CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL · Acuerdo

CGPJ jubila a magistrado

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial declara la jubilación forzosa por edad del Magistrado Ángel Luis Hurtado Adrián, con destino en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a partir del 22 de junio de 2026. El magistrado cumple la edad legalmente establecida para la jubilación.


Crónica

La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial declara la jubilación forzosa por edad del Magistrado Ángel Luis Hurtado Adrián, con destino en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, a partir del 22 de junio de 2026. El magistrado cumple la edad legalmente establecida para la jubilación.

El Consejo General del Poder Judicial ha declarado la jubilación forzosa por edad del Magistrado Ángel Luis Hurtado Adrián, quien se desempeñaba como magistrado en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo. La decisión se adoptó por los artículos 131.3 y 386.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y del artículo 28.2 a) y 3 e) del Real Decreto Legislativo 670/1987. La jubilación producirá efectos a partir del 22 de junio de 2026, fecha en la que el magistrado cumple la edad legalmente establecida para la jubilación.

El Magistrado Ángel Luis Hurtado Adrián tiene derecho a los correspondientes derechos pasivos por su jubilación.

La decisión de jubilación forzosa se adoptó en la reunión de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial celebrada el 12 de marzo de 2026.

La jubilación del Magistrado Ángel Luis Hurtado Adrián no tiene un impacto significativo en el funcionamiento del Tribunal Supremo, ya que se trata de un proceso habitual en la carrera judicial. Sin embargo, es importante destacar que la jubilación de un magistrado con experiencia puede generar una vacante en el tribunal, lo que podría requerir la designación de un nuevo magistrado para cubrir el puesto.

A quién afecta

  • Magistrados
  • Tribunal Supremo
Texto íntegro del BOE desplegar

De conformidad con lo establecido en los artículos 131.3 y 386.1 de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, y en el artículo 28.2 a) y 3 e) del Real Decreto Legislativo 670/1987, de 30 de abril, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Clases Pasivas del Estado, por acuerdo de la Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial adoptado en su reunión de 12 de marzo de 2026, parrafo Vengo en declarar la jubilación forzosa por edad de don Ángel Luis Hurtado Adrián, Magistrado con destino en la Sala de lo Penal del Tribunal Supremo, por cumplir la edad legalmente establecida el día 22 de junio de 2026, con los derechos pasivos que le correspondan por esta causa y cuya jubilación producirá efectos a partir de la fecha indicada. parrafo Madrid, 12 de marzo de 2026.–La Presidenta del Consejo General del Poder Judicial, María Isabel Perelló Doménech. parrafo_2

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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