Crónica
La Secretaría de Estado de Seguridad corrige errores en la resolución de nombramiento de funcionarios de carrera de la Policía Nacional. Los interesados pueden interponer recurso de reposición en un plazo de un mes.
Trámite administrativo: La Secretaría de Estado de Seguridad corrige errores en la resolución de nombramiento de funcionarios de carrera de la Policía Nacional, Escala Básica, categoría de Policía. Los errores se encontraban en el anexo II de la resolución original. Los interesados pueden interponer recurso de reposición en un plazo de un mes ante el órgano autor de la resolución o ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses. No requiere acción de terceros.
A quién afecta
- Policías Alumnos/as
- Funcionarios de carrera de la Policía Nacional
Texto íntegro del BOE desplegar
Advertidos errores materiales en el anexo II de la Resolución de 14 de mayo de 2026, de la Secretaría de Estado de Seguridad, por la que se procede a la corrección de errores a su vez de la Resolución de 11 de mayo de 2026 por la que se nombran funcionarios/as de carrera de la Policía Nacional, Escala Básica, Categoría de Policía, a los/as Policías Alumnos/as, que han superado el proceso selectivo establecido reglamentariamente, y de conformidad con lo previsto en el artículo 109.2 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que faculta a las Administraciones públicas a rectificar en cualquier momento, de oficio o a instancia de los interesados, los errores materiales, de hecho o aritméticos, se procede a su rectificación en el sentido siguiente: parrafo Donde dice: parrafo_2 «ANEXO II anexo … parrafo_2 Convocatoria 2019 centro_negrita Antigüedad Policía Alumno/a: 21 de septiembre de 2020 centro_cursiva Antigüedad Policía: 9 de mayo de 2022 centro_redonda Debe decir: parrafo_2 «ANEXO II anexo ... parrafo_2 Convocatoria 2019 centro_negrita Antigüedad Policía Alumno/a: 21 de septiembre de 2020 centro_cursiva Antigüedad Policía: 9 de mayo de 2022 centro_redonda Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrán los interesados interponer potestativamente el recurso de reposición en el plazo de un mes, ante el órgano autor de esta resolución, de conformidad con lo establecido en los artículos 114, 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o bien ser impugnado directamente ante el Orden Jurisdiccional Contencioso-Administrativo en el plazo de dos meses, de conformidad con lo establecido en los artículos 25, 26, 45 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa. parrafo_2 Madrid, 3 de junio de 2026.–La Secretaria de Estado de Seguridad, P. D. (Orden INT/985/200
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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