Crónica
La Dirección General de la Función Pública nombra a María Ángeles Madrid Arlanzón como Vicesecretaria del Ayuntamiento de Burgos, un puesto reservado a personal funcionario de administración local con habilitación nacional, a partir de la resolución del 20 de mayo de 2026.
La Dirección General de la Función Pública ha publicado la adjudicación del puesto de Vicesecretaría, clase 1.ª, Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burgos, reservado a personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional.
El proceso de selección se ha llevado a cabo según el artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, y en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo.
La toma de posesión se efectuará según el artículo 41 del Real Decreto 128/2018.
La adjudicataria, María Ángeles Madrid Arlanzón, pertenece a la subescala de Secretaría, categoría Superior.
Este nombramiento pone de relieve la importancia de la función pública en la administración local y la necesidad de contar con personal cualificado y experimentado en puestos clave como la Vicesecretaría.
A quién afecta
- Funcionarios de Administración Local
- Ayuntamiento de Burgos
Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad con lo dispuesto en el apartado sexto del artículo 92 bis de la Ley 7/1985, de 2 de abril, reguladora de las Bases del Régimen Local, así como en el artículo 46 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional, y en uso de las competencias conferidas en el Real Decreto 210/2024, de 27 de febrero, por el que se establece la estructura orgánica básica del Ministerio para la Transformación Digital y de la Función Pública, parrafo Esta Dirección General acuerda publicar la adjudicación por el sistema de libre designación del puesto de Vicesecretaría, clase 1.ª, Titular del Órgano de Apoyo a la Junta de Gobierno Local del Ayuntamiento de Burgos reservado al personal funcionario de Administración Local con habilitación de carácter nacional, en los términos que se relacionan en el anexo adjunto. parrafo La toma de posesión se efectuará conforme a lo dispuesto en el artículo 41 del Real Decreto 128/2018, de 16 de marzo, por el que se regula el régimen jurídico de los funcionarios de Administración Local con habilitación de carácter nacional. parrafo Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente, recurso de reposición, en el plazo de un mes, ante esta Dirección General, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses ante el Tribunal Superior de Justicia de Madrid, de conformidad con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, así como en los artículos 10.1.i) y 14.2 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, Reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa, y sin perjuicio de cualquier otro recurso que se pudiera interponer. parrafo_2 Madrid, 17 de junio de 2026.–La Directora General de la Función Pública, María Hilda Jiménez Núñez. parrafo_2 ANEXO anexo Corporación: Ay
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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