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BOE MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA, JUSTICIA Y RELACIONES CON LAS CORTES · Resolución

Se jubila notario

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública jubila al notario de A Coruña José Manuel Lois Puente. La jubilación se concede con efecto inmediato.


Crónica

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública jubila al notario de A Coruña José Manuel Lois Puente. La jubilación se concede con efecto inmediato.

La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública ha acordado la jubilación forzosa del notario de A Coruña José Manuel Lois Puente. La decisión se toma en virtud del artículo 57 del Reglamento Notarial y el artículo primero de la Ley 29/1983. El notario había solicitado la jubilación, poniendo fin a la prolongación de su permanencia en el servicio activo. La jubilación se concede con efecto inmediato, dejando sin efecto la resolución de abril de 2026 que había prorrogado su permanencia en el servicio. La medida afecta directamente al notario y a la organización de los servicios notariales en A Coruña. La Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública es el órgano competente para resolver estas solicitudes de jubilación. La jubilación del notario Lois Puente es un trámite administrativo que se ajusta a la normativa vigente.

A quién afecta

  • Notarios
Texto íntegro del BOE desplegar

Vista la instancia del Notario de A Coruña, don José Manuel Lois Puente, en la que al amparo del artículo 57 del Reglamento Notarial, y de conformidad con lo dispuesto en el artículo primero de la Ley 29/1983, de 12 de diciembre, solicita se le conceda la jubilación, poniendo fin a la prolongación de su permanencia en el servicio activo acordada a solicitud del Notario por Resolución de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública de 7 de abril de 2026. parrafo Esta Dirección General, en uso de las facultades atribuidas por el artículo 7.1.h) del Real Decreto 204/2024, de 27 de febrero, ha acordado la jubilación forzosa del mencionado Notario, atendido a lo previsto en el apartado 1 del artículo primero de la Ley 29/1983, y dejar sin efecto la mencionada Resolución de 7 de abril de 2026 desde ese momento. parrafo Madrid, 11 de junio de 2026.–La Directora General de Seguridad Jurídica y Fe Pública, María Ester Pérez Jerez. parrafo_2

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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