Crónica
El Consejo Insular de Mallorca declara Bien de Interés Cultural la Pintura de San Antonio, la Alfombra Ushak y el Brasero de plata cincelada, que se encuentran en el Palacio Vivot, según la Ley 12/1998 del Patrimonio Histórico de les Illes Balears. La declaración se publicará en el Boletín Oficial del Estado y se anotará en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca.
El Consejo Insular de Mallorca ha tomado una decisión importante para la preservación del patrimonio cultural de la isla. La declaración como Bien de Interés Cultural de la Pintura de San Antonio, la Alfombra Ushak y el Brasero de plata cincelada, que se encuentran en el Palacio Vivot, es el resultado de un proceso que comenzó en 2023 con la incoación del expediente de modificación de la declaración de Can Vivot.
La UIB remitió un informe en el que se concluía que la protección más adecuada para estos tres bienes muebles no era la vinculación al inmueble de Can Vivot, sino su declaración como BIC de manera individualizada. El informe técnico destaca el valor cultural relevante de estas piezas, que ya habían sido mencionadas en la declaración de BIC de Can Vivot de 1973.
La declaración de estos bienes como BIC supone un reconocimiento a su valor intrínseco y garantiza su protección para las generaciones futuras. El Consejo Insular de Mallorca ha demostrado su compromiso con la preservación del patrimonio cultural de la isla, y esta decisión es un paso importante en la conservación de la riqueza cultural de Mallorca.
Los efectos de esta declaración son los establecidos en la Ley 12/1998 del Patrimonio Histórico de les Illes Balears, que incluyen la protección y conservación de los bienes declarados. La declaración se publicará en el Boletín Oficial del Estado y se anotará en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca, lo que garantiza su difusión y reconocimiento a nivel nacional.
A quién afecta
- Consejo Insular de Mallorca
- Palacio Vivot
- UIB
Texto íntegro del BOE desplegar
El Pleno del Consejo Insular de Mallorca, en la sesión de día 11 de junio de 2026, adoptó entre otros el siguiente acuerdo: parrafo I. Declarar Bien de Interés Cultural los tres bienes muebles del anexo 1, que actualmente se encuentran en el Palacio Vivot, de acuerdo con el informe técnico de 15 de mayo de 2026, que se adjunta y forma parte integrante del presente acuerdo, y de conformidad con los artículos 7 y siguientes de la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del Patrimonio Histórico de les Illes Balears. Los bienes muebles objeto de esta declaración son: parrafo_2 a) Pintura de Sant Antoni, de José Ribera, Lo Spagnoletto, que figura en el anexo 1 del informe. parrafo_2 b) Estera Ushak, que figura en el anexo 1 del informe. parrafo c) Brasero de plata cincelada, del tesorero Georg Friedrichsen, que figura en el anexo 1 del informe. parrafo II. Los efectos de esta declaración son los que genéricamente establece la Ley 12/1998, de 21 de diciembre, del patrimonio histórico de les Illes Balears y la normativa concordante. parrafo_2 III. Notificar esta resolución a los interesados, al Ayuntamiento de Palma y al Gobierno de les Illes Balears. parrafo IV. Publicar este acuerdo en el «Butlletí Oficial de les Illes Balears» y en el «Boletín Oficial del Estado» y anotarlo en el Registro Insular de Bienes de Interés Cultural de Mallorca y comunicarlo a la Comunidad Autónoma de les Illes Balears para que proceda a su anotación en el Registro de Bienes de Interés Cultural de les Illes Balears y a la vez comunique en el Registro General de Bienes de Interés Cultural del Estado las inscripciones y anotaciones que se realicen. parrafo Palma, 19 de junio de 2026.–El Secretario de la Comisión Insular de Patrimonio Histórico, Miguel Barceló Llompart. parrafo_2 INFORME TÉCNICO anexo 1. Introducción centro_cursiva En fecha 20 de junio de 2023, la Comisión insular de Patrimonio Histórico de Mallorca acordó Incoar el expediente de modificación de la declaración como Bien de Interés Cultu
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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