Crónica
La Universidad Politécnica de Cataluña nombra catedrático de universidad a Juan Carlos Cante Teran en el área de Ingeniería Aeroespacial. Debe tomar posesión en 20 días.
La Universidad Politécnica de Cataluña ha nombrado catedrático de universidad a Juan Carlos Cante Teran, especialista en Ingeniería Aeroespacial. Este nombramiento se produce tras un concurso de acceso convocado por la universidad. Cante Teran deberá tomar posesión de su cargo en un plazo máximo de 20 días desde la publicación de la resolución en el Boletín Oficial del Estado.
El proceso de selección se ha desarrollado de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2023, del Sistema Universitario, y los Estatutos de la UPC. El Rectorado de la universidad ha ejercido sus atribuciones para realizar este nombramiento, que se ajusta a la normativa vigente.
Este nombramiento supone un reconocimiento a la trayectoria y experiencia de Juan Carlos Cante Teran en el campo de la Ingeniería Aeroespacial. La universidad busca contar con profesores de alta calidad para impartir enseñanza y desarrollar investigación en este ámbito.
La toma de posesión de Cante Teran se producirá en un contexto de continuo desarrollo y mejora de la oferta educativa y de investigación de la Universidad Politécnica de Cataluña. La institución busca mantener su posición como centro de referencia en el ámbito de la ingeniería y la tecnología.
A quién afecta
- Universidad Politécnica de Cataluña
- Catedráticos de universidad
Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad, con la propuesta formulada por la comisión nombrada para juzgar el concurso de acceso para la provisión de plazas de cuerpos docentes universitarios, convocados por resolución 103_SAiP_PDI-2025-8261/300 del 7 de enero del 2026 (BOE de 22 de enero 2026) y de acuerdo con la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario (LOSU). parrafo El artículo 50.1 de la Ley Orgánica 2/2023 establece que el Rector o la Rectora ejerce las funciones propias del máximo órgano de gobierno de la Universidad. Así mismo, el artículo 93 de los Estatutos de la UPC le atribuye todas las funciones establecidas a la normativa vigente y por los mismos Estatutos, así como todas aquellas que no estén expresamente atribuidas a otros órganos. parrafo El artículo 9 de la Ley 40/2015 y el artículo 8 de la Ley 26/2010 facultan al Rector de la UPC para delegar sus competencias en otros órganos, delegación que ha llevado a cabo según estas disposiciones. parrafo Este Rectorado, en uso de las atribuciones conferidas en los Estatutos de la universidad, y demás disposiciones concordantes, resuelve: parrafo Primero. articulo Nombrar catedrático de universidad al que se detalla a continuación: parrafo Segundo. articulo La persona interesada deberá tomar posesión en el plazo máximo de veinte días a contar desde el día siguiente de la publicación de la presente resolución en el «Boletín Oficial del Estado». parrafo Contra esta resolución, que agota la vía administrativa, las personas interesadas pueden interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, en el plazo de dos meses a contar desde el día siguiente al de la notificación de este acto, en conformidad con el que dispone el artículo 8 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contenciosa-administrativa, sin perjuicio de la posibilidad de interponer potestativamente recurso de reposición previo al contencioso administrativo ante el rector de
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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