Crónica
El Ministerio de Cultura designa a los componentes de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español. La Junta estará presidida por Doña Paloma Alarcó Canosa y tendrá un mandato de dos años.
El Ministerio de Cultura ha publicado la Orden CLT/676/2026, que designa a los componentes de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español. Esta Junta es un órgano consultivo que se encarga de evaluar y calificar los bienes del patrimonio histórico español, así como de autorizar su exportación.
La Junta estará presidida por Doña Paloma Alarcó Canosa, y contará con un total de 17 vocales, designados por el Ministerio de Cultura y el Ministerio de Hacienda. Los vocales tendrán un mandato de dos años, y podrán ser designados de nuevo una vez transcurrido el plazo.
La designación de los componentes de la Junta es un paso importante para la protección y conservación del patrimonio histórico español. La Junta jugará un papel clave en la evaluación y calificación de los bienes del patrimonio histórico, y en la autorización de su exportación.
Los miembros de la Junta tendrán derecho a percibir indemnizaciones de servicio y remuneraciones por sus trabajos de asesoramiento. El Consejero Técnico de la Subdirección General de Registros y Documentación del Patrimonio Histórico, don Ángel Rivas Albaladejo, actuará como Secretario de la Junta.
A quién afecta
- Ministerio de Cultura
- Ministerio de Hacienda
- Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español
Texto íntegro del BOE desplegar
El artículo 7.3. del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español, establece que el cargo de miembro de la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Histórico Español, tendrá una duración de dos años, pudiendo sus integrantes ser designados de nuevo. parrafo Transcurrido el plazo establecido en la norma, procede el nombramiento del presidente, vicepresidente y vocales designados por el Ministerio de Cultura, así como hacer públicos los nombres de los vocales designados por el Ministerio de Hacienda. parrafo En consecuencia, he resuelto: parrafo Primero. articulo Designar los siguientes Vocales a que se refiere el artículo 7.1.a) del Real Decreto 111/1986, de 10 de enero, de desarrollo parcial de la Ley 16/1985, de 25 de junio, del Patrimonio Histórico Español: parrafo A propuesta de la Directora General de Patrimonio Cultural y Bellas Artes: parrafo_2 Vocales: parrafo_2 Doña Paloma Alarcó Canosa. parrafo_2 Don Manuel Arias Martínez. parrafo Doña Teresa Engenios Martín. parrafo Doña Carmen Jiménez Sanz. parrafo Don Javier Jordán de Urríes y de la Colina. parrafo Doña Carmen Marcos Alonso. parrafo Don José Manuel Matilla Rodríguez. parrafo Don Salvador Nadales Zayas. parrafo Doña Trinidad Nogales Basarrate. parrafo Don Alfonso Palacio Álvarez. parrafo Doña. Sofía Rodríguez Bernis. parrafo Doña Leticia Ruiz Gómez. parrafo Don José Serra Villaba. parrafo Doña Begoña Torres González. parrafo Don Miguel Zugaza Miranda. parrafo A propuesta de la Directora General del Libro, del Cómic y de la Lectura: parrafo_2 Vocales: parrafo_2 Doña Isabel García-Monge Carretero. parrafo_2 Don Enrique Pérez Boyero. parrafo Doña Yolanda Ruiz Esteban. parrafo Segundo. articulo Hacer públicos los nombres de los Vocales que el Ministro de Hacienda, y por su delegación, la Subsecretaria de Hacienda, ha designado en virtud de lo dispuesto en el artículo 7.1.b) del Real Decreto 111/
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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