← Volver al diario

BOE MINISTERIO DE CIENCIA, INNOVACIÓN Y UNIVERSIDADES · Resolución

Resuelve el concurso específico, convocado por Resolución de 17 de abril de 2026.


Crónica

Sin crónica editorial disponible. Consulta el texto íntegro abajo.

La Vigencia · Boletín diario

No te enteres tarde de la próxima

Las disposiciones que afectan a tu negocio, resumidas en castellano con su impacto. Resumen semanal, sin tarjeta.

Texto íntegro del BOE desplegar

Por Resolución de 17 de abril de 2026, del Servicio Español para la Internacionalización de la Educación («Boletín Oficial del Estado» del día 25 de abril de 2026) se convocó concurso específico de méritos para la provisión de puesto de trabajo en el Servicio Español para la Internacionalización de la Educación. Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y habiéndose cumplido las normas establecidas en el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, aprobado por Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, así como las bases de la convocatoria, Este Organismo, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de Régimen Jurídico del Sector Público, resuelve: Primero. articulo Adjudicar, con carácter definitivo, el destino que se relaciona en el anexo a la funcionaria que se menciona en el mismo. Segundo. articulo El plazo para tomar posesión del nuevo destino será de tres días hábiles, si no implica cambio de residencia de la funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Dicho plazo comenzará a contarse a partir de día siguiente al del cese, el cual deberá efectuarse dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de esta resolución en el «Boletín Oficial del Estado». En el supuesto de que la resolución comporte el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá computarse desde dicha publicación. Tercero. articulo El destino adjudicado será irrenunciable, salvo que, antes de finalizar el plazo de toma de posesión se hubiera obtenido otro destino, bien por el sistema de libre designación o por el de concurso, en otros departamentos o comunidades autónomas. Asimismo, se considerará de carácter voluntario y, en consecuencia, no generará derecho al c

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

Noticias relacionadas

Lo que se ha movido en este patrón

Normas semánticamente similares

Otras normas que tratan lo mismo

No son cita ni dependencia explícita — son disposiciones que el modelo encuentra similares por contenido. Útil para detectar regulaciones convergentes en el mismo dominio.

Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex

La Vigencia · Boletín diario

Recibe las novedades que te afectan

Disposiciones del BOE y EUR-Lex resumidas en castellano, con su impacto. Resumen semanal, sin tarjeta, cancela cuando quieras.


Página intermedia de La Vigencia. La fuente oficial es BOE — pulsa "Ver en BOE" arriba para el texto íntegro.