Crónica
La Dirección General de Aviación Civil prorroga y modifica el Convenio con la Junta de Extremadura para garantizar la operación de las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona como obligaciones de servicio público. El acuerdo se publica en el BOE para su conocimiento y aplicación.
La Dirección General de Aviación Civil ha publicado en el BOE la Adenda de prórroga y modificación del Convenio con la Junta de Extremadura para el reparto de responsabilidades en la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona.
Esta decisión se enmarca en la declaración de obligaciones de servicio público en estas rutas, establecida por Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de marzo de 2018 y modificada posteriormente por varias órdenes ministeriales.
El Convenio entre la Administración General del Estado y la Junta de Extremadura tiene como objetivo garantizar la continuidad de estos servicios aéreos, considerados esenciales para la conectividad y el desarrollo económico de la región.
La prórroga y modificación del Convenio permitirán a ambas partes seguir trabajando juntas para asegurar la operación de estas rutas de manera eficiente y sostenible. Los operadores aéreos que deseen prestar servicios en estas rutas deberán cumplir con los requisitos establecidos en el Convenio y en la normativa vigente.
A quién afecta
- Operadores aéreos
- Junta de Extremadura
- Administración General del Estado
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Texto íntegro del BOE desplegar
Las rutas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona fueron declaradas obligación de servicio público (en adelante, OSP) por Acuerdo del Consejo de Ministros de 23 de marzo de 2018 por el que se declaran obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, modificadas posteriormente por las Órdenes ministeriales TMA/677/2020, de 20 de julio, TMA/297/2021, de 29 de marzo, TMA/838/2022, de 22 de agosto, TRM/688/2024, de 13 de junio y TRM/473/2026, de 5 de mayo (en adelante, declaración de OSP). parrafo De conformidad con el artículo 48 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, se acuerda la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de la adenda n.º 1 de prórroga y modificación del Convenio entre la Administración General del Estado y la Junta de Extremadura para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona, cuyo texto se adjunta a esta resolución como anexo I. parrafo Madrid, 10 de junio de 2026.–El Director General de Aviación Civil, David Benito Astudillo. parrafo_2 ANEXO I anexo_num Adenda n.º 1 de prórroga y modificación del Convenio entre la Administración General del Estado y la Junta de Extremadura para el reparto de las responsabilidades derivadas de la licitación del contrato de servicios por la operación de obligaciones de servicio público en las rutas aéreas Badajoz-Madrid y Badajoz-Barcelona anexo_tit Mérida, 4 de junio de 2026. parrafo_2 REUNIDOS centro_redonda De una parte, don José Antonio Santano Clavero, Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, en virtud del Real Decreto 967/2023, de 28 de noviembre (BOE n.º 285 de 29 de noviembre de 2023), por el que se le nombra Secretario de Estado de Transportes y Movilidad Sostenible, en representación del Ministerio de Transportes y Movilidad Sostenible, para el ejercicio de la
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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