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De conformidad con lo establecido en los artículos 28 y 29 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre, por el que se aprueba el Reglamento de Ingreso, Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional del Personal funcionario al servicio de la Administración de Justicia, se ha resuelto adjudicar destinos en las oficinas judiciales que se relacionan en anexo I, al personal funcionario del Cuerpo de Auxilio Judicial, nombrado funcionario de carrera del Cuerpo de Auxilio Judicial por Orden de 8 de julio de 2026, teniendo en cuenta lo siguiente: Primero. Las personas funcionarias del Cuerpo de Auxilio Judicial de la Administración de Justicia a las que se les otorga destino, deberán tomar posesión de su cargo en la oficina judicial en la que se encuentra el puesto que le ha sido adjudicado, dentro del plazo de veinte días hábiles contados desde el 1 de septiembre de 2026, de acuerdo con lo establecido en el artículo 29 del citado real decreto, y en el artículo 30 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas. A tal efecto, el documento de toma de posesión (F1T) así como el Acta de Juramento o Promesa de la Constitución y del resto del ordenamiento jurídico, así como la declaración de incompatibilidad, serán remitidos a la carpeta ciudadana de los interesados, que deberán proceder a firmar electrónicamente y remitir una copia, en formato PDF, a la dirección de correo [email protected]. Segundo. Las personas funcionarias destinadas en virtud de esta resolución, que pertenezcan ya como titulares al Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa o Gestión Procesal y Administrativa y que opten por continuar en activo en alguno de dichos Cuerpos, no será necesario que se desplacen a tomar posesión al puesto de trabajo adjudicado, debiendo remitir a la dirección de correo electrónico [email protected], dentro del plazo posesorio, el anexo II de esta resolución, indicando que ejercen dicha opción
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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