Crónica
El Consejo de Ministros establece las condiciones específicas de financiación para préstamos participativos a pymes afectadas por la DANA. Los préstamos se concederán con cargo al Mecanismo FEPYME DANA PLUS. El objetivo es apoyar la recuperación y la resiliencia de las pymes.
El Consejo de Ministros ha adoptado un acuerdo para establecer las condiciones específicas de financiación aplicables a los contratos de préstamos participativos concedidos con cargo al Mecanismo FEPYME DANA PLUS. Esto se enmarca en el Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios.
Los préstamos participativos están destinados a pymes que se encuentren en zonas declaradas gravemente afectadas por una emergencia de protección civil o que aporten soluciones a los problemas generados por estos eventos. El objetivo es apoyar la recuperación y la resiliencia de las pymes, así como contribuir a la prevención y la transformación empresarial ante situaciones de emergencia.
El Mecanismo FEPYME DANA PLUS tiene por objeto la concesión de préstamos participativos a pequeñas y medianas empresas que cumplan con ciertos requisitos. Los préstamos tendrán un tramo no reembolsable y estarán destinados a proyectos de inversión viables, sostenibles y con potencial de crecimiento.
La medida beneficiará a las pymes que han sido afectadas por la DANA, ya que podrán acceder a financiación asequible para recuperarse y seguir operando. Además, el mecanismo también apoyará a las pymes que estén trabajando en proyectos de prevención y resiliencia ante situaciones de emergencia, lo que contribuirá a la seguridad y la estabilidad del tejido empresarial.
Análisis
La creación del Mecanismo FEPYME DANA PLUS señala un esfuerzo por parte del gobierno para apoyar a las pymes afectadas por la DANA y promover la resiliencia y la transformación empresarial. Esto puede tener un impacto positivo en la economía, ya que las pymes son un motor importante del crecimiento económico. Sin embargo, también es importante destacar que la medida puede tener un impacto desigual en diferentes sectores y regiones, y que es fundamental asegurarse de que los préstamos sean accesibles y asequibles para las pymes que más lo necesitan.
A quién afecta
- Pymes
- Empresas afectadas por la DANA
- Departamentos de financiación de empresas
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Texto íntegro del BOE desplegar
Reinicia+ El Consejo de Ministros, en su reunión del día 14 de julio de 2026, ha adoptado un acuerdo por el que se establecen las condiciones específicas de financiación aplicables a los contratos de préstamos participativos concedidos con cargo al MecanismoFEPYME DANA PLUS. A efectos de dar publicidad al mencionado Acuerdo del Consejo de Ministros del 14 de julio de 2026, Esta Secretaría de Estado de Industria ha resuelto disponer la publicación del mismo en el «Boletín Oficial del Estado» como anexo a la presente resolución. Madrid, 16 de julio de 2026.–El Secretario de Estado de Industria, Jordi García Brustenga. ANEXO El Consejo de Ministros acuerda: Reinicia+ Establecer, de conformidad con lo previsto en el artículo 23 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre, por el que se adoptan medidas urgentes complementarias en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, modificado por el Real Decreto-ley 12/2025, de 28 de octubre, por el que se adoptan medidas urgentes de reactivación, refuerzo y prevención en el marco del Plan de respuesta inmediata, reconstrucción y relanzamiento frente a los daños causados por la Depresión Aislada en Niveles Altos (DANA) en diferentes municipios entre el 28 de octubre y el 4 de noviembre de 2024, las condiciones específicas de financiación aplicables a los préstamos participativos concedidos con cargo al MecanismoFEPYME DANA PLUS, que se recogen en el anexo I. EXPOSICIÓN Las situaciones de emergencia de protección civil generan graves perturbaciones en la actividad económica y empresarial, especialmente en aquellas pequeñas y medianas empresas cuya estructura financiera y operativa resulta más vulnerable ante acontecimientos extraordinarios. La recuperación de las zonas afectadas, así como la preparación del tejido empresarial para afrontar situaci
Normativa anterior tocada
- DEJA SIN EFECTO el Acuerdo publicado por Resolución de 3 de enero de 2025
- DE CONFORMIDAD CON el art. 23 del Real Decreto-ley 8/2024, de 28 de noviembre
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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