Crónica
La Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y la Intervención General de la Seguridad Social acuerdan la gestión y financiación conjunta del Plan de Actividad Preventiva para el personal de sus servicios centrales. El plan incluye reconocimientos preventivos y tratamientos de rehabilitación.
La Seguridad Social ha firmado un convenio para gestionar y financiar conjuntamente el Plan de Actividad Preventiva para el personal de sus servicios centrales. El plan incluye reconocimientos preventivos generales, oftalmológicos, otorrinolaringológicos, preventivos contra el cáncer ginecológico, urológico, colorrectal, tratamientos de rehabilitación, análisis clínicos, pruebas radio diagnósticas y adquisición y reposición de material sanitario.
El convenio ha sido suscrito por la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y la Intervención General de la Seguridad Social, y se enmarca en el cumplimiento de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
La financiación conjunta del plan permitirá a la Seguridad Social ofrecer una cobertura más completa a sus empleados, mejorando así su salud y seguridad en el trabajo.
El coste de la implementación de este plan recaerá sobre las entidades firmantes, que deberán aportar los recursos necesarios para su ejecución. Las entidades involucradas son la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y la Intervención General de la Seguridad Social.
A quién afecta
- Empleados de la Seguridad Social
- Servicios centrales de la Seguridad Social
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Con fecha 13 de julio de 2026 se ha suscrito el Convenio entre la Dirección General de la Tesorería General de la Seguridad Social, la Gerencia de Informática de la Seguridad Social y la Intervención General de la Seguridad Social por el que se acuerda la gestión y participación en la financiación conjunta del Plan de la Actividad Preventiva del Servicio de Prevención para el personal dependiente de los servicios centrales de dichas entidades, en cumplimiento de lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del citado convenio. Madrid, 15 de julio de 2026.− El Secretario General Técnico, Plácido Vázquez García. CONVENIO ENTRE LA DIRECCIÓN GENERAL DE LA TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, LA GERENCIA DE INFORMÁTICA DE LA SEGURIDAD SOCIAL Y LA INTERVENCIÓN GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL POR EL QUE SE ACUERDA LA GESTIÓN Y PARTICIPACIÓN EN LA FINANCIACIÓN CONJUNTA DEL PLAN DE LA ACTIVIDAD PREVENTIVA DEL SERVICIO DE PREVENCIÓN PARA EL PERSONAL DEPENDIENTE DE LOS SERVICIOS CENTRALES DE DICHAS ENTIDADES REUNIDOS De una parte, don Andrés Harto Martínez, en su condición de Director General de la Tesorería General de la Seguridad Social, nombrado mediante Real Decreto 132/2020, de 21 de enero, (BOE de 22 de enero), actuando en virtud de lo establecido en el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público y artículos 1 y 3 del Real Decreto 1314/1984, de 20 de junio, por el que se regula la estructura y competencias de la Tesorería General de la Seguridad Social. De otra parte, don Carlos Escudero Rivas, en su condición de Gerente de la Gerencia de Informática de la Seguridad Social, nombrado por Acuerdo de 28 de junio de 2018 de la Ministra de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social, en aplicación del artículo 74 bis del Real Decreto Legislativo 8/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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