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En la Orden PJC/427/2026 de 20 de abril, por la que se resolvía definitivamente el concurso de traslados ordinario entre funcionarios de los Cuerpos y Escalas de Gestión Procesal y Administrativa, Tramitación Procesal y Administrativa y Auxilio Judicial de la Administración de Justicia, convocado por Orden PJC/1253/2025, de 27 de octubre («Boletín Oficial del Estado» de 7 de noviembre) se ha observado que se ha adjudicado destino a determinado personal funcionario que no cumplía el requisito establecido en la Base Segunda, punto 2, de la convocatoria del concurso (Artículo 46.1 del Real Decreto 1451/2005, de 7 de diciembre), es decir, que en la fecha de finalización del plazo de presentación de instancias no había transcurrido el período de dos años desde la fecha en la que se dictó la resolución por la que se convocó el concurso de traslado en el que obtuvieron su último destino definitivo en el Cuerpo o Escala desde el que participa, o la resolución en la que se les adjudicó destino definitivo, si se trata de personal funcionario de nuevo ingreso. Por lo anterior, según lo establecido en el artículo 109 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, se transcribe a continuación la oportuna modificación: 1.º Excluir del concurso de traslados por no reunir el requisito establecido en la Base Segunda, punto 2 de la convocatoria, a la funcionaria del Cuerpo de Tramitación Procesal y Administrativa de la Administración de Justicia, doña M.ª Soledad López Bernabé, con NIF ***9831**, que se le había adjudicado destino en el Servicio Común de Tramitación – Tramitación PA SCT TI (GU) Hellín (Albacete) – Id Puesto 50360668; debiendo volver a su destino de origen en el Servicio Común de Tramitación – Tramitación SCT TI Cuenca – ID Puesto 50391804. 2.º Excluir del concurso de traslados por no reunir el requisito establecido en la Base Segunda, punto 2 de la convocatoria, a la funcionaria del Cuerpo de Gestión Proces
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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