Crónica
La Secretaría General de Pesca modifica las posibilidades de pesca para las flotas de altura y gran altura que operan en el Atlántico Nordeste, incorporando flexibilidades interanuales y aplicando deducciones por excesos de capturas. La medida busca garantizar la recuperación de las poblaciones de peces.
La Secretaría General de Pesca ha publicado una resolución que modifica las posibilidades de pesca para las flotas de altura y gran altura que operan en el Atlántico Nordeste. La medida incorpora flexibilidades interanuales generadas en 2025 por cada buque, hasta un máximo del 10% de la cuota adaptada de dicho año. Además, se aplican deducciones a los buques que realizaron capturas por encima de la cuota adaptada en 2025.
La resolución tiene como objetivo garantizar la recuperación de las poblaciones de peces en el Atlántico Nordeste. La flexibilidad interanual se repartirá en proporción a las posibilidades de pesca de cada buque, y los excesos de capturas que no puedan ser deducidos quedarán pendientes de regularización.
La medida afecta a los buques pesqueros que operan en el Atlántico Nordeste, y su objetivo es contribuir a la recuperación de las poblaciones de peces. Los buques que disponen de flexibilidad interanual generada en 2025 y que cumplen los requisitos para recibirla se verán beneficiados por esta medida.
En cuanto a las deducciones, se aplicarán a los buques que realizaron capturas por encima de la cuota adaptada en 2025. Los excesos de capturas que no puedan ser deducidos quedarán pendientes de regularización, y deberán compensarse tan pronto como los buques dispongan de posibilidades de pesca suficientes.
Análisis
Esta resolución señala un paso importante hacia la gestión sostenible de los recursos pesqueros en el Atlántico Nordeste. La incorporación de flexibilidades interanuales y la aplicación de deducciones por excesos de capturas contribuirán a la recuperación de las poblaciones de peces. Los buques pesqueros que operan en la zona deberán adaptarse a estas nuevas medidas, lo que puede generar costes de compliance para las empresas del sector.
A quién afecta
- Buques pesqueros
- Empresas pesqueras
- Armadores de buques
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Antecedentes y fundamentos de Derecho Mediante la Resolución de 4 de febrero de 2026, de la Secretaría General de Pesca, por la que se publica la actualización del censo y de las posibilidades de pesca de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste, se publicó el censo de buques españoles pertenecientes a esta flota durante el año 2026, así como las posibilidades de pesca individuales de cada uno de ellos y su cuota inicial para 2026, conforme a lo dispuesto en el artículo 3 de la Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, por la que se establece un Plan de gestión para los buques de los censos de las flotas de altura, gran altura y buques palangreros mayores y menores de 100 toneladas de registro bruto, que operan dentro de los límites geográficos de la Comisión de Pesca del Atlántico Nordeste y en base a lo establecido en el Reglamento (UE) 2026/249 del Consejo, de 26 de enero de 2026, por el que se fijan para 2026 y 2027 las posibilidades de pesca para determinadas poblaciones de peces aplicables en aguas de la Unión y, en el caso de los buques pesqueros de la Unión, en determinadas aguas no pertenecientes a la Unión, y por el que se modifica el Reglamento (UE) 2025/202, en lo que respecta a las posibilidades de pesca para 2026. De conformidad con lo dispuesto en el apartado tercero de la citada resolución, quedó diferida a un momento posterior la distribución de los sobrantes y la aplicación de las deducciones que, en su caso, correspondieran a cada buque. stocks stock Así en aplicación del artículo 4.2 del Reglamento (CE) 847/1996, de 6 de mayo, por el que se establecen condiciones adicionales para la gestión anual de los TAC y las cuotas, y en virtud del artículo 8 de la Orden APM/920/2017, de 22 de septiembre, procede incorporar a todos loslas flexibilidades interanuales generadas en 2025 por cada buque, ha
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Redacción asistida por IA · publicación automatizada, sin revisión previa (aviso · correcciones) · fuente: BOE/EUR-Lex
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