Crónica
La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado convoca la concesión de ayudas asistenciales para el año 2026. Estas ayudas incluyen compensaciones para el copago farmacéutico y otras ayudas asistenciales para personas mutualistas y beneficiarias.
La Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE) ha convocado la concesión de ayudas asistenciales para el año 2026. Esta convocatoria tiene como objetivo regular las condiciones y plazos comunes para el acceso a estas ayudas, que incluyen compensaciones para el copago farmacéutico y otras ayudas asistenciales para personas mutualistas y beneficiarias.
Las ayudas asistenciales se dividen en dos modalidades: ayudas para el copago farmacéutico, que consisten en el abono de una cuantía para compensar el gasto derivado de la participación económica en la prestación farmacéutica, y resto de ayudas asistenciales, que comprenden tratamientos o intervenciones especiales, gastos de carácter urgente y otras análogas.
La presentación de la solicitud puede realizarse en cualquier Servicio Provincial de MUFACE o en los registros indicados en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
Esta convocatoria es relevante para los funcionarios civiles del Estado y sus beneficiarios, que podrán acceder a estas ayudas asistenciales para cubrir gastos relacionados con la prestación farmacéutica y otros gastos de carácter urgente.
A quién afecta
- Funcionarios civiles del Estado
- Beneficiarios de MUFACE
Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad con lo establecido en los artículos 31 y 32 del texto refundido de la Ley sobre Seguridad Social de los Funcionarios Civiles del Estado, aprobado por Real Decreto Legislativo 4/2000, de 23 de junio, así como lo dispuesto en el artículo 137 del Reglamento General del Mutualismo Administrativo, aprobado por Real Decreto 375/2003, de 28 de marzo, y previo informe favorable del Consejo General de MUFACE, se aprueba la presente resolución de convocatoria de ayudas asistenciales con el objeto y modalidades que se exponen a continuación. parrafo 1. Objeto y modalidades de ayudas centro_cursiva El objeto de la presente resolución de convocatoria es el de regular las condiciones y plazos comunes aplicables al conjunto de personas mutualistas y beneficiarias de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (en adelante, MUFACE) para el acceso a las ayudas asistenciales, respetando las competencias que en esta materia están conferidas a las Comisiones Provinciales de MUFACE, a tenor de lo dispuesto en el artículo 10.2.b) del Real Decreto 577/1997, de 18 de abril, por el que se establece la estructura de los órganos de gobierno, administración y representación de la Mutualidad General de Funcionarios Civiles del Estado (MUFACE). parrafo_2 Las modalidades de las ayudas a conceder son: parrafo 1.1 Ayudas para el copago farmacéutico. parrafo_2 Consisten en el abono de una cuantía destinada a compensar el gasto derivado de la participación económica en la prestación farmacéutica para las personas mutualistas jubiladas y las personas titulares viudas o huérfanas. parrafo_2 1.2 Resto de ayudas asistenciales, que comprenderán: parrafo_2 a) Las que se dispensen por tratamientos o intervenciones especiales, en casos de carácter excepcional, por un determinado facultativo, cuando no estén cubiertos por la prestación de asistencia sanitaria. parrafo_2 b) Las determinadas por inexistencia, pérdida o insuficiencia de prestaciones en supuestos concretos. parrafo c)
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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