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BOE UNIVERSIDADES · Resolución

Olavide actualiza plan de estudios

La Universidad Pablo de Olavide exige nivel B1 de un segundo idioma para el título de Ingeniería Informática.


Crónica

La Universidad Pablo de Olavide exige nivel B1 de un segundo idioma para el título de Ingeniería Informática.

La Universidad Pablo de Olavide modifica el plan de estudios de Graduado o Graduada en Ingeniería Informática, que se implantará en el curso 2025-26. El nuevo plan de estudios incluye cambios en la estructura y los requisitos para obtener el título, como la obligatoriedad de cursar una mención y acreditar un nivel de conocimiento de idiomas B1. Los estudiantes que opten por la mención dual podrán compatibilizarla con cualquiera de las dos menciones anteriores.

El plan de estudios se estructura en diferentes módulos, incluyendo Formación Básica, Complementos Optativos Específicos y Complementos Optativos Comunes a los Títulos de Grado en Ingeniería Informática. Los estudiantes deberán acreditar un nivel de conocimiento de idiomas B1, distinto del castellano y de las demás lenguas españolas cooficiales, antes de la expedición del título universitario oficial de Graduado/a en Ingeniería Informática.

La modificación del plan de estudios tiene como objetivo mejorar la calidad y la relevancia de la formación en Ingeniería Informática, y se enmarca en el marco del Real Decreto 822/2021, que regula la organización de las enseñanzas universitarias y el procedimiento de aseguramiento de su calidad.

La Universidad Pablo de Olavide es una de las principales instituciones de educación superior en Andalucía, y su Escuela Politécnica Superior es responsable de impartir el título de Graduado o Graduada en Ingeniería Informática.

A quién afecta

  • Estudiantes de Ingeniería Informática
  • Universidades
Texto íntegro del BOE desplegar

De conformidad con lo dispuesto en el Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre, por el que se establece la organización de las enseñanzas universitarias y del procedimiento de aseguramiento de su calidad, y en particular en sus artículos 32 y 33, por los que se establece el procedimiento para la modificación sustancial de los planes de estudios ya verificados y una vez emitido certificado del Consejo de Universidades, de conformidad con lo previsto en el artículo 26, parrafo Este Rectorado, de conformidad con lo previsto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema de Universitario, y en los artículos 33.5 y 27.4 del citado Real Decreto 822/2021, ha resuelto publicar la modificación sustancial del plan de estudios conducente a la obtención del título de Graduado o Graduada en Ingeniería Informática por la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla, que queda estructurado según consta en el anexo a esta resolución. parrafo Sevilla, 14 de abril de 2026.–El Rector, Francisco Oliva Blázquez. parrafo_2 ANEXO anexo_num Plan de Estudios del Título de Graduado o Graduada en Ingeniería Informática por la Universidad Pablo de Olavide, de Sevilla anexo_tit Código RUCT: 2502332. parrafo_2 Rama de conocimiento: Ingeniería y arquitectura. parrafo Campo de estudio: Ingeniería informática y de sistemas. parrafo Centro de impartición: Escuela Politécnica Superior. parrafo Curso de implantación de la titulación: 2010-11. parrafo Curso de implementación de la modificación del plan de estudios: 2025-26. parrafo Es obligatorio cursar una mención para obtener el título de Graduado o Graduada en Ingeniería Informática. parrafo_2 * De entre las asignaturas de los módulos Complementos Optativos Específicos de Sistemas de Información o Complementos Optativos Específicos de Ciencia de Datos, en función de la mención correspondiente. cita ** De entre las asignaturas del módulo Complementos Optativos Comunes a los Títulos de Grado en Ingeniería Informática. cita El

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA el art. 8.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo
  • MODIFICA los arts. 27, 32 y 33 del Real Decreto 822/2021, de 28 de septiembre

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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