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BOE MINISTERIO DE IGUALDAD · Orden

Igualdad modifica su Mesa de Contratación

El Ministerio de Igualdad modifica la composición de la Mesa de Contratación para mejorar su funcionamiento eficiente. La modificación atribuye la suplencia de la presidencia a un funcionario externo a la Mesa.


Crónica

El Ministerio de Igualdad modifica la composición de la Mesa de Contratación para mejorar su funcionamiento eficiente. La modificación atribuye la suplencia de la presidencia a un funcionario externo a la Mesa.

El Ministerio de Igualdad ha decidido modificar la composición de la Mesa de Contratación para mejorar su funcionamiento eficiente. La Mesa de Contratación es un órgano de asistencia en materia de contratación y su composición había sido establecida por la Orden IGD/319/2021, de 25 de marzo. Sin embargo, con la entrada en vigor de la Orden IGD/938/2021, de 6 de septiembre, se comprobó que el régimen de suplencia dificultaba el funcionamiento eficiente de la Mesa, al implicar que este órgano colegiado pasara a contar con un miembro menos.

La modificación atribuye la suplencia de la presidencia a un funcionario o funcionaria de carrera de nivel 29 o superior, adscrito a la Subsecretaría, a propuesta de la persona titular de la Subsecretaría. Esta medida se ha tomado para evitar que la Mesa de Contratación disminuya el número de sus miembros y para facilitar su funcionamiento.

La modificación de la composición de la Mesa de Contratación es un paso importante para mejorar la eficiencia y la eficacia en la gestión de la contratación en el Ministerio de Igualdad. La medida se ha tomado de acuerdo con los principios establecidos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, y ha sido sometida a informe previo de la Junta Consultiva de Contratación Pública del Estado y del Servicio Jurídico del Departamento.

A quién afecta

  • Empleados públicos
Texto íntegro del BOE desplegar

La Orden IGD/319/2021, de 25 de marzo, por la que se crea y regula la Mesa de Contratación del Ministerio de Igualdad, establece en su artículo 2 la composición de dicha Mesa, así como el régimen de suplencia de sus miembros. parrafo La Orden IGD/938/2021, de 6 de septiembre, modificó el artículo 2 de la Orden IGD/319/2021, de 25 de marzo, por la que se crea y regula la Mesa de Contratación del Ministerio de Igualdad. En particular, se estableció que, en caso de vacante, ausencia o enfermedad, así como en los casos en que haya sido declarada su abstención o recusación, o cuando concurra alguna otra causa justificada, la persona titular de la presidencia será suplida por la persona titular de la vocalía 1.º de la Mesa de Contratación. parrafo Con la entrada en vigor de la Orden IGD/938/2021, de 6 de septiembre, se ha comprobado que este régimen de suplencia dificulta el funcionamiento eficiente de la Mesa de Contratación, al implicar que este órgano colegiado pase a contar con un miembro menos. Esta circunstancia aconseja la modificación del régimen de suplencia de la persona titular de la presidencia de la Mesa de Contratación, adscrita al Ministerio de Igualdad, atribuyendo, por razones organizativas, la suplencia de la presidencia a una persona externa a la Mesa, para facilitar su funcionamiento, evitando que pueda incurrir en la circunstancia de que disminuya el número de sus miembros. parrafo Esta orden se dicta de conformidad con los principios establecidos en el artículo 129 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, según el cual, en el ejercicio de la potestad reglamentaria, las Administraciones Públicas actuarán de acuerdo con los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia, y eficiencia. Así, la presente orden se adecua a los principios de necesidad y eficacia, por ser el instrumento más adecuado para el fin que persigue, como es la modificación de

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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