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BOE MINISTERIO DE TRABAJO Y ECONOMÍA SOCIAL · Resolución

Trabajo adjudica plazas en Inspección Laboral

La Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Economía Social ha resuelto el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se han adjudicado los puestos de trabajo a los funcionarios que han superado el concurso, y se establecen los plazos para la toma de posesión de los nuevos destinos.


Crónica

La Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Economía Social ha resuelto el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social. Se han adjudicado los puestos de trabajo a los funcionarios que han superado el concurso, y se establecen los plazos para la toma de posesión de los nuevos destinos.

La Subsecretaría del Ministerio de Trabajo y Economía Social ha resuelto el concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social, convocado en noviembre de 2025. La resolución se ha producido en ejecución de sentencia y se han adjudicado los puestos de trabajo a los funcionarios que han superado el concurso.

El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. Los traslados que se deriven de la resolución del presente concurso tendrán la consideración de voluntarios y los puestos obtenidos serán irrenunciables, salvo que antes de finalizar el plazo de toma de posesión los interesados obtengan otro destino mediante convocatoria pública.

La resolución agota la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de reposición o recurso contencioso-administrativo. Los funcionarios que han sido adjudicatarios de los puestos de trabajo deberán comunicar su aceptación o renuncia en el plazo establecido, y se establecen los procedimientos para el cese y la toma de posesión en los nuevos destinos.

A quién afecta

  • Empleados públicos
Texto íntegro del BOE desplegar

Por Resolución de 3 de noviembre de 2025, de la Subsecretaría (BOE de 17 de noviembre de 2025), se convocó, en ejecución de sentencia, concurso general para la provisión de puestos de trabajo en el Organismo Estatal Inspección de Trabajo y Seguridad Social. parrafo Vista la propuesta formulada por la Comisión de Valoración y habiéndose cumplido las normas establecidas en el Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al servicio de la Administración General del Estado y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, así como las bases de la convocatoria, parrafo Esta Subsecretaría, en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 63 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, ha resuelto: parrafo Primero. articulo Aprobar la propuesta de la Comisión de Valoración y resolver el concurso, adjudicando los puestos de trabajo de la referida convocatoria al personal funcionario en los términos que se recogen en los anexos a esta resolución. parrafo Segundo. articulo 1. El plazo de toma de posesión del nuevo destino obtenido será de tres días hábiles si no implica cambio de residencia del funcionario o de la funcionaria, o de un mes si comporta cambio de residencia o el reingreso al servicio activo. parrafo El plazo de toma de posesión comenzará a contar a partir del día siguiente al del cese, que deberá efectuarse de oficio por el órgano competente dentro de los tres días hábiles siguientes a la publicación de la resolución del concurso en el «Boletín Oficial del Estado». Si la resolución comporta el reingreso al servicio activo, el plazo de toma de posesión deberá contarse desde dicha publicación. parrafo El cómputo de los plazos posesorios se iniciará cuando finalicen los permisos y licencias que, en su caso, estén disfrutando las personas adjudicatarias, salvo que por causas justificadas el

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