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BOE UNIVERSIDADES · Resolución

Murcia actualiza plan de estudios en Seguridad

La Universidad de Murcia ha publicado la modificación del plan de estudios del Grado en Seguridad, que será de aplicación a partir del curso académico 2026/2027. Esta modificación ha sido verificada por el Consejo de Universidades y cuenta con el informe positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.


Crónica

La Universidad de Murcia ha publicado la modificación del plan de estudios del Grado en Seguridad, que será de aplicación a partir del curso académico 2026/2027. Esta modificación ha sido verificada por el Consejo de Universidades y cuenta con el informe positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación.

La Universidad de Murcia ha dado un paso importante en la actualización de su oferta académica con la publicación de la modificación del plan de estudios del Grado en Seguridad. Esta modificación, que ha sido verificada por el Consejo de Universidades y cuenta con el informe positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, se aplicará a partir del curso académico 2026/2027.

El plan de estudios del Grado en Seguridad ha sido diseñado para proporcionar a los estudiantes una formación integral en materia de seguridad, abarcando aspectos como la criminología, el derecho, la psicología y la seguridad informática. La modificación del plan de estudios incluye cambios en la estructura y el contenido de las asignaturas, con el objetivo de mejorar la calidad y la relevancia de la formación que se ofrece a los estudiantes.

La aplicación de esta modificación del plan de estudios tendrá un impacto directo en los estudiantes que cursen el Grado en Seguridad a partir del curso académico 2026/2027. Es importante destacar que los estudiantes que ya estén cursando el grado no se verán afectados por esta modificación. La Universidad de Murcia ha asegurado que la modificación del plan de estudios se ha realizado con el objetivo de mejorar la calidad y la relevancia de la formación que se ofrece a los estudiantes, y que se ha llevado a cabo de acuerdo con las normativas y los procedimientos establecidos.

A quién afecta

  • Estudiantes de Grado en Seguridad
  • Universidad de Murcia
Texto íntegro del BOE desplegar

Verificado el plan de estudios del Grado en Seguridad, por el Consejo de Universidades, previo informe positivo de la Agencia Nacional de Evaluación de la Calidad y Acreditación, y acordado el carácter oficial del título por el Consejo de Ministros de 19 de enero de 2018 (publicado en el BOE de 5 de febrero de 2018, por Resolución de la Secretaría General de Universidades de 24 de enero de 2018), parrafo Modificado el plan de estudios mediante resolución favorable del Consejo de Universidades de 9 de septiembre de 2025, parrafo Este Rectorado, de conformidad en lo dispuesto en el artículo 8.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo, del Sistema Universitario, ha resuelto publicar la modificación del plan de estudios conducente a la obtención del título oficial de Graduado/a en Seguridad. parrafo La presente modificación será de aplicación a aquellos estudiantes que realicen el Grado a partir del curso académico 2026/2027. parrafo La presente resolución pone fin a la vía administrativa. Frente a ella, de conformidad con lo previsto en el capítulo II del título V de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, en el artículo 46 y concordantes de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa y en el artículo 167 de los Estatutos de la Universidad de Murcia, aprobados por Decreto 7/2026, de 19 de febrero, los interesados pueden interponer recurso potestativo de reposición ante el Rector de la Universidad de Murcia en el plazo de un mes o, directamente, recurso contencioso-administrativo ante el Juzgado de lo Contencioso-administrativo de Murcia, en el plazo de dos meses, contados en ambos casos desde el día siguiente al de la notificación o publicación y sin perjuicio de que puedan intentar cualquier otro recurso que a su derecho convenga. parrafo_2 No se podrá interponer recurso contencioso-administrativo hasta que sea resuelto expresamente o se haya producido la d

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Normativa anterior tocada

  • MODIFICA el art. 8.3 de la Ley Orgánica 2/2023, de 22 de marzo

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