Crónica
El Ministerio de Educación modifica la Orden EDU/2026/2010 para flexibilizar los requisitos de selección de profesores tutores en Ceuta y Melilla. La medida busca garantizar la capacidad y perfil adecuado de los docentes para el desarrollo de las prácticas del alumnado. La modificación también establece un procedimiento alternativo para cubrir especialidades desiertas y garantiza el derecho de las personas participantes a subsanar causas de exclusión.
La formación inicial del profesorado en España se ajusta a las necesidades de titulación y cualificación requeridas por la ordenación general del sistema educativo. La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, establece que la formación pedagógica y didáctica es fundamental para el ejercicio de la docencia. Sin embargo, la aplicación práctica de la norma ha puesto de manifiesto que existen dificultades para designar un número suficiente de profesores tutores que cumplan con los requisitos establecidos.
La Orden EDU/2026/2010, de 19 de julio, establecía los requisitos y convocatoria para el reconocimiento de centros de prácticas y profesores tutores de los estudiantes del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, para las ciudades de Ceuta y Melilla. Sin embargo, la modificación introduce cambios en la composición de la Comisión de Selección, Seguimiento y Evaluación de los Centros de Prácticas y Profesores Tutores, eliminando la figura del titular de la dirección de los Centros de Profesores y Recursos.
La modificación también establece que la acreditación de los docentes se entenderá renovada con carácter anual, sin pronunciarse sobre si un docente una vez acreditado puede renunciar a participar como profesor tutor en las prácticas del alumnado. Con esta modificación, se pretende garantizar el derecho de las personas participantes a disponer de un plazo de diez días hábiles para subsanar la causa que hubiera motivado su exclusión.
A quién afecta
- Profesores
- Estudiantes del Máster Universitario en Formación del Profesorado
Texto íntegro del BOE desplegar
La Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación, modificada por la Ley Orgánica 3/2020, de 29 de diciembre, establece en su título III sobre el profesorado, capítulo III, artículo 100, que la formación inicial del mismo se ajustará a las necesidades de titulación y de cualificación requeridas por la ordenación general del sistema educativo, garantizando la capacitación adecuada para afrontar los retos del mismo. Para el ejercicio de la docencia, se requiere la correspondiente titulación académica, junto con la formación pedagógica y didáctica que determine el Gobierno, atribuyendo a las administraciones educativas la competencia para establecer convenios con las universidades para la organización de la formación pedagógica y didáctica. parrafo practicum La Orden ECI/3858/2007, de 27 de diciembre, por la que se establecen los requisitos para la verificación de los títulos universitarios oficiales que habiliten para el ejercicio de las profesiones de Profesor de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, destaca que elde dichos títulos ha de tener carácter presencial y que las instituciones educativas participantes en su realización habrán de estar reconocidas como centros de prácticas, así como los tutores encargados de la orientación y tutela del estudiantado. parrafo La Orden EDU/2026/2010, de 19 de julio, por la que se establecen los requisitos y convocatoria para el reconocimiento de centros de prácticas y profesores tutores de los estudiantes del Máster Universitario en Formación del Profesorado de Educación Secundaria Obligatoria y Bachillerato, Formación Profesional y Enseñanzas de Idiomas, para las ciudades de Ceuta y Melilla, establece en su artículo 5, dedicado al profesorado tutor y coordinador de prácticas, los requisitos que han de cumplir para su selección, basados en criterios de experiencia, estabilidad en el centro y experiencia en actividades de innovación, investigación educativa o formación,
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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