Crónica
El Instituto de la Cinematografía y de las Artes Audiovisuales ofrece ayudas para distribuir películas españolas en el extranjero.
A quién afecta
- Agencias de ventas internacionales
- Productores de cine
Texto íntegro del BOE desplegar
BDNS(Identif.):899822 parrafo De conformidad con lo previsto en los artículos 17.3.b y 20.8.a de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, se publica el extracto de la convocatoria cuyo texto completo puede consultarse en la Base de Datos Nacional de Subvenciones (https://www.infosubvenciones.es/bdnstrans/GE/es/convocatoria/899822) parrafo Primero. Objeto. parrafo Ayudas a las agencias de ventas internacionales independientes para incentivar la circulación y distribución internacional de películas cinematográficas españolas, siempre que hayan suscrito al menos un contrato con un distribuidor extranjero para distribuir una película española en, al menos, un territorio fuera de España y que contemple el estreno de la película en salas de exhibición cinematográficas u online, a través de plataformas digitales de video bajo demanda (plataformas VOD). parrafo La agencia de ventas internacionales debe haber adquirido los derechos de explotación de la película en cualquier momento antes de la publicación de la resolución y las actividades de promoción y distribución internacional deben estar esencialmente comprendidas entre el 1 de septiembre de 2025 y la fecha de publicación del extracto de esta convocatoria en el Boletín Oficial del Estado. parrafo Segundo. Beneficiarios. parrafo Agencias de ventas internacionales independientes, de conformidad con lo dispuesto en el apartado primero de la resolución, que cumplan los requisitos establecidos en el apartado cuarto de la misma. parrafo Tercero. Bases reguladoras. parrafo Orden CUL/2912/2010, de 10 de noviembre, por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de subvenciones públicas en régimen de concurrencia competitiva del Ministerio de Cultura y de sus organismos públicos. parrafo Cuarto. Cuantía. parrafo El importe total de esta convocatoria asciende a la cantidad de 500.000 euros. La cuantía individual de cada ayuda no podrá superar el 50% de los gastos subvencionables y el importe m
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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