Crónica
Moeve, S.A. aprueba la escisión parcial de Moeve Commercial, S.A.U. a favor de Moeve Client Solutions, S.A.U. La sociedad beneficiaria adquirirá la rama de actividad de suministro y distribución de lubricantes y asfaltos. La operación se realiza bajo el régimen simplificado del RDL 5/2023.
La sociedad Moeve, S.A. ha aprobado la escisión parcial de su filial Moeve Commercial, S.A.U. a favor de otra de sus filiales, Moeve Client Solutions, S.A.U. Esta operación se enmarca en el régimen simplificado previsto en el Real Decreto-ley 5/2023, que regula las modificaciones estructurales de sociedades mercantiles.
La sociedad beneficiaria, Moeve Client Solutions, S.A.U., adquirirá en bloque la rama de actividad de suministro, compraventa y distribución de lubricantes y asfaltos, así como todos los derechos y obligaciones inherentes a la misma. Esto incluye las instalaciones necesarias para la adquisición, transporte, almacenamiento y venta de los productos, así como las actividades auxiliares necesarias para su operatividad.
La operación no implica la extinción de la sociedad escindida, Moeve Commercial, S.A.U. Los administradores solidarios de ambas sociedades han informado a los trabajadores y sus representantes, y se ha procedido al depósito del proyecto de escisión en el Registro Mercantil de Madrid.
El coste de esta operación recae sobre la sociedad matriz, Moeve, S.A., que es el accionista único de ambas sociedades. La operación se realiza con el objetivo de reorganizar y optimizar la estructura empresarial del grupo.
A quién afecta
- Moeve Commercial, S.A.U.
- Moeve Client Solutions, S.A.U.
- Moeve, S.A.
Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 10 del Real Decreto-ley 5/2023, de 28 de junio, por el que se efectúa la transposición de directiva de la Unión Europea en materia de modificaciones estructurales de sociedades mercantiles (RDL 5/2023), se hace público que el accionista único de Moeve Commercial, S.A.U. (sociedad escindida) y de Moeve Client Solutions, S.A.U. (Sociedad Beneficiaria), esto es, Moeve, S.A., adoptó, con fecha 25 de mayo de 2026, el acuerdo de aprobar por unanimidad la escisión parcial de una parte del patrimonio de la sociedad Moeve Commercial, S.A.U. a favor de la sociedad Moeve Client Solutions, S.A.U. y de conformidad con el proyecto común de escisión parcial (el proyecto) formulado con fecha 14 de abril de 2026 por los administradores solidarios de la sociedad escindida y los administradores solidarios de la sociedad beneficiaria, que se encuentra depositado en el Registro Mercantil de Madrid. De conformidad con el proyecto se aprobó como balance de escisión el balance cerrado a 31 de diciembre de 2025. parrafo En virtud de la escisión parcial aprobada, la sociedad beneficiaria adquirirá en bloque y por vía de sucesión universal una parte del patrimonio de la sociedad escindida, consistente en la rama de actividad o unidad de negocio que comprende el suministro, la compraventa y distribución de lubricantes y asfaltos, así como todos los derechos y obligaciones inherentes a la misma, incluyendo todos los elementos patrimoniales, las instalaciones necesarias para la adquisición, transporte, almacenamiento y venta de los productos, así como las actividades auxiliares necesarias para su operatividad, incluida la prestación de servicios a los negocios de Combustibles y HVO, Bioenergía y Aviación (la unidad económica) sin que se produzca la extinción de la sociedad escindida. parrafo Se hace constar que, dado que la sociedad escindida y la sociedad beneficiaria están íntegra y directamente participadas y en la misma proporción por el accioni
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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