Crónica
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España firman un convenio para desarrollar programas de apoyo a la competitividad del comercio minorista en 2026. El acuerdo busca impulsar la productividad y competitividad de las empresas del sector de la distribución comercial.
El Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España han firmado un convenio para desarrollar programas de apoyo a la competitividad del comercio minorista en 2026. Este acuerdo es fruto de la colaboración entre la Administración General del Estado y la Cámara de España, con el objetivo de impulsar la productividad y competitividad de las empresas del sector de la distribución comercial.
La Secretaría de Estado de Comercio, bajo la superior dirección del Ministro de Economía, Comercio y Empresa, ejercerá las funciones previstas en el artículo 62 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, en el ámbito de sus competencias. La Dirección General de Política Comercial y Seguridad Económica, dependiente de la Secretaría de Estado de Comercio, tiene encomendado la elaboración, desarrollo y seguimiento de planes y programas generales de apoyo e impulso al comercio minorista.
El convenio firmado entre el Ministerio y la Cámara de España busca sentar las bases para una colaboración estrecha y efectiva en el desarrollo de programas de apoyo a la competitividad del comercio minorista. La Cámara de España, como corporación de Derecho Público, tiene personalidad jurídica y plena capacidad de obrar para el cumplimiento de sus fines, y está integrada por representantes de las Cámaras de Comercio de las Comunidades Autónomas y ciudad autónoma de Ceuta, las grandes empresas de mayor contribución, las organizaciones empresariales y de autónomos, los Ministerios por razón de la competencia y las Federaciones de las Cámaras Oficiales españolas en el extranjero.
Los beneficiarios directos de este convenio serán las pequeñas y medianas empresas del sector de la distribución comercial, que podrán acceder a programas de apoyo y financiamiento para mejorar su competitividad y productividad. Sin embargo, también se prevé que las grandes empresas del sector puedan beneficiarse de este acuerdo, ya que se busca impulsar la competitividad del sector en general.
A quién afecta
- Pymes del sector de la distribución comercial
- Grandes empresas del sector de la distribución comercial
- Cámaras de Comercio de las Comunidades Autónomas
Texto íntegro del BOE desplegar
De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del Convenio entre el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España para el desarrollo de programas de apoyo a la competitividad del comercio minorista 2026, que figura como anexo a la presente resolución. parrafo Madrid, 11 de mayo de 2026.–La Secretaria de Estado de Comercio, Amparo López Senovilla. parrafo_2 ANEXO anexo_num Convenio entre el Ministerio de Economía, Comercio y Empresa y la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España para el desarrollo de programas de apoyo a la competitividad del comercio minorista 2026 anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, doña Amparo López Senovilla, Secretaria de Estado de Comercio del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, cargo que ostenta en virtud del nombramiento efectuado por Real Decreto 491/2024, de 14 de mayo, actuando en representación de la Administración General del Estado y en virtud de las atribuciones que le confiere el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales y el Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa) y en virtud de la competencia para celebrar convenios establecida en el artículo 62.2.g) de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. parrafo_2 De otra parte, don José Luis Bonet Ferrer, Presidente de la Cámara Oficial de Comercio, Industria, Servicios y Navegación de España, cargo que desempeña en virtud del nombramiento efectuado por el Pleno de la Corporación en la sesión celebrada el 12 de diciembre de 2022, en nombre y representación del citado organismo (en virtud de lo dispuesto en el artículo
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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