Crónica
El Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación modifica el Real Decreto 425/2021 para mejorar la eficiencia en la ejecución de fondos públicos destinados al Programa CULTIVA, que ofrece estancias formativas para jóvenes agricultores en explotaciones modelo. La modificación concreta los plazos para el cumplimiento de requisitos y adapta el importe máximo percibido por cada entidad solicitante.
El Programa CULTIVA, lanzado en 2021, tiene como objetivo mejorar el acceso a la formación práctica de jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería a través de actividades formativas en explotaciones agrarias modélicas. La modificación del Real Decreto 425/2021 responde a la necesidad de mejorar la eficiencia en la ejecución de los fondos públicos destinados a esta línea de ayudas.
La modificación concreta los plazos para el cumplimiento de los requisitos de quienes se presenten a las subvenciones, se aclaran las disposiciones relativas a lo subsanable de la solicitud, y se adapta, porcentualmente al importe total de la subvención, el importe máximo percibido por cada una de las entidades solicitantes.
Los beneficiarios directos de esta modificación serán los jóvenes agricultores que participen en el Programa CULTIVA, así como las entidades que soliciten subvenciones para organizar estancias formativas. El coste de la modificación recaerá sobre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, que deberá adaptar sus procedimientos para cumplir con los nuevos requisitos.
Análisis
Esta modificación señala un esfuerzo por mejorar la eficiencia en la gestión de fondos públicos destinados a la formación de jóvenes agricultores. La adaptación de los plazos y el importe máximo percibido por cada entidad solicitante puede facilitar la participación de más entidades y jóvenes en el Programa CULTIVA. Sin embargo, es importante destacar que la modificación no introduce cambios significativos en la estructura del programa, lo que puede limitar su impacto en el objetivo de mejorar la formación práctica de los jóvenes agricultores.
A quién afecta
- Jóvenes agricultores
- Entidades que solicitan subvenciones para estancias formativas
Texto íntegro del BOE desplegar
El Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, por el que se establecen las bases reguladoras de las subvenciones destinadas a la organización del Programa CULTIVA, relativo a estancias formativas de jóvenes agricultores en explotaciones modelo, y se convocan las correspondientes al ejercicio 2021, tiene como finalidad mejorar el acceso a la formación práctica de jóvenes profesionales de la agricultura y la ganadería a través de actividades formativas en explotaciones agrarias modélicas basadas en la transferencia de conocimiento. parrafo La presente modificación del Real Decreto 425/2021, de 15 de junio, responde a la necesidad de mejorar la eficiencia en la ejecución de los fondos públicos destinados a esta línea de ayudas. Para ello, se concretan los plazos para el cumplimiento de los requisitos de quienes se presenten a las subvenciones, se aclaran las disposiciones relativas a lo subsanable de la solicitud, y se adapta, porcentualmente al importe total de la subvención, el importe máximo percibido por cada una de las entidades solicitantes para considerar las posibles ampliaciones del presupuesto de la convocatoria. parrafo También modifica la definición de lista de espera en relación con los y las jóvenes asignados afectados por las renuncias de explotaciones modelo anfitrionas y la anulación de las estancias correspondientes, que, en compensación, pasarán a integrarse en los primeros puestos de la lista de espera con prioridad respecto al resto de integrantes de esta, lo que les facilitará la reasignación de las plazas liberadas durante la ejecución de las actividades. parrafo minimis Además, se eliminan las referencias que han quedado obsoletas con las sucesivas modificaciones de estas bases reguladoras. Así, se elimina la referencia a la convocatoria del ejercicio 2021 con el fin de facilitar la correcta accesibilidad a la norma, y se suprimen las referencias al régimen de, reminiscencia del anterior régimen de compatibilidad que modificó el Real Decreto 607/202
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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