Crónica
La Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico de Cantabria incoa expediente para declarar la finca de Gerramolino como Bien de Interés Cultural. La finca, ubicada en Comillas, será protegida como Lugar Cultural y Jardín Histórico.
La finca de Gerramolino, ubicada en la localidad de Comillas, en Cantabria, está a punto de convertirse en un Bien de Interés Cultural. La Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico de la Comunidad Autónoma ha iniciado el expediente para declarar la finca como Lugar Cultural y Jardín Histórico, lo que supondrá su protección y conservación para las generaciones futuras.
La iniciativa se basa en las solicitudes presentadas por diferentes partes interesadas en los últimos años, y se enmarca en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria. La resolución de la Dirección General de Cultura y Patrimonio Histórico establece que se procederá a describir el bien y delimitar su entorno de protección, y que se notificará a los interesados para que puedan ejercer sus derechos.
La protección de la finca de Gerramolino supondrá una restricción en las actuaciones urbanísticas en su entorno, y requerirá la autorización de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para cualquier cambio de uso o instalación de elementos publicitarios. La medida busca preservar el valor cultural y histórico de la finca, y garantizar su conservación para el futuro.
La declaración de la finca de Gerramolino como Bien de Interés Cultural es un paso importante para la protección del patrimonio cultural de Cantabria, y supondrá un reconocimiento a la importancia de este lugar en la historia y la cultura de la región. Los propietarios y gestores de la finca deberán asumir el coste de la conservación y mantenimiento del bien, lo que puede suponer un desafío económico para ellos.
A quién afecta
- Propietarios de la finca de Gerramolino
- Gestores de la finca
- Ayuntamiento de Comillas
Texto íntegro del BOE desplegar
Vistas las solicitudes de fechas 25 de enero de 2023, 26 de febrero de 2025, y 27 de octubre de 2025, de declaración de Bien de Interés Cultural de la finca de Gerramolino, ubicada en la Rabia, término municipal de Comillas. parrafo Vista la resolución de fecha 17 de marzo de 2026, por la que se ordena la tramitación de expediente de declaración de Bien de Interés Cultural, de la finca de Gerramolino, ubicada en la Rabia, término municipal de Comillas. parrafo En su virtud, vista la propuesta de la Jefa de Servicio de Patrimonio Cultural y de acuerdo con lo establecido en la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, la Directora General de Cultura y Patrimonio Histórico, resuelve: parrafo Primero. articulo Incoar el expediente para la declaración de la finca de Gerramolino, ubicada en la Rabia, término municipal de Comillas, como Bien de Interés Cultural, con la categoría de Lugar Cultural, Jardín Histórico. parrafo Segundo. articulo De conformidad con lo dispuesto en los artículos 19 y 51 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, se propone describir el bien y delimitar y justificar el entorno de protección del mismo, conforme figura en el anexo que se adjunta a la presente resolución de incoación de procedimiento. parrafo Tercero. articulo Seguir con la tramitación del expediente, según las disposiciones vigentes. parrafo Cuarto. articulo Dar traslado de la resolución, conforme al artículo 17.2 de la Ley 11/1998, de 13 de octubre, de Patrimonio Cultural de Cantabria, al Ayuntamiento de Comillas, y hacerle saber que, según lo dispuesto en el artículo 52 de la precitada ley, toda actuación urbanística en el entorno de protección, incluyendo los cambios de uso, en tanto no se haya aprobado la figura urbanística de protección del mismo, deberá ser aprobada por la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte. Será igualmente preceptiva la autorización de la Consejería de Cultura, Turismo y Deporte para la colocación
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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