Crónica
La Subsecretaría de Política Territorial y Memoria Democrática resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación para puestos en el Ministerio. La toma de posesión se realizará según el Real Decreto 364/1995.
La Subsecretaría de Política Territorial y Memoria Democrática ha resuelto parcialmente la convocatoria de libre designación para puestos en el Ministerio. La resolución se refiere a la cobertura de puestos de trabajo anunciados en marzo de 2026.
La Subsecretaría ha seguido el procedimiento establecido en el Real Decreto 364/1995 y ha verificado que los candidatos elegidos cumplen con los requisitos y especificaciones exigidos.
La toma de posesión de los nuevos destinos se realizará según el artículo 48 del Real Decreto 364/1995.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso de reposición o contencioso-administrativo.
A quién afecta
- Funcionarios del Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática
Texto íntegro del BOE desplegar
Por Resolución de 11 de marzo de 2026 (BOE de 16 de marzo) se anunciaron para su cobertura, por el procedimiento de libre designación, puestos de trabajo en el Ministerio de Política Territorial y Memoria Democrática. parrafo Previa la tramitación prevista en el capítulo III del título III del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo (BOE de 10 de abril), de conformidad con lo dispuesto en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, según la redacción dada al mismo por la Ley 23/1988, de 28 de julio (BOE del 29), una vez acreditada la observancia del procedimiento debido, así como el cumplimiento por parte de la candidata elegida de los requisitos y especificaciones exigidos en la convocatoria, parrafo Esta Subsecretaría ha dispuesto: parrafo Primero. articulo Resolver parcialmente la referida convocatoria, en los términos que se señalan en el anexo. parrafo Segundo. articulo La toma de posesión de los nuevos destinos se realizará conforme a lo establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, antes citado. parrafo Tercero. articulo Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse potestativamente recurso de reposición en el plazo de un mes, contado desde el día siguiente al de su publicación, ante el mismo órgano que la ha dictado, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, o recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses, ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Madrid o del Tribunal Superior de Justicia de la Comunidad Autónoma donde tenga su domicilio, a elección del interesado, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.Segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. parrafo Madrid, 21 de mayo de 2026.–La Subsecretaria de Política Territorial y Memoria Democrática, P.
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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