Crónica
La Dirección General de la Marina Mercante convoca pruebas específicas para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje en el puerto de Sevilla, con 2 plazas disponibles, a partir del 23 de mayo de 2026. Los aspirantes deberán reunir los requisitos de titulación y mando establecidos en la norma y solicitar la admisión a las pruebas en un plazo de un mes.
La Dirección General de la Marina Mercante ha convocado pruebas específicas para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje en el puerto de Sevilla. Esta convocatoria se enmarca en el Real Decreto Legislativo 2/2011, que establece las competencias de la Administración Marítima en materia de practicaje.
Los aspirantes deberán reunir los requisitos de titulación y mando establecidos en la norma, que incluyen tener un mando de buque de arqueo superior a 1.000 GT durante al menos dos años, y solicitar la admisión a las pruebas en un plazo de un mes. La convocatoria ofrece 2 plazas para el puerto de Sevilla.
La presente convocatoria es una oportunidad para aquellos que deseen desarrollar su carrera profesional en el sector portuario. Los prácticos en activo también pueden presentarse a las pruebas, siempre y cuando cumplan con los requisitos establecidos.
En cuanto a las implicaciones, esta convocatoria puede tener un impacto positivo en la seguridad y eficiencia de los servicios portuarios, ya que permitirá la selección de profesionales capacitados y experimentados. Además, puede ser un paso hacia la profesionalización del sector, lo que puede beneficiar a los operadores portuarios y a los usuarios de los servicios.
Análisis
La convocatoria de pruebas específicas para el reconocimiento de la capacitación profesional para prestar servicios portuarios de practicaje en el puerto de Sevilla puede tener un impacto relevante en la seguridad y eficiencia de los servicios portuarios. Los aspirantes deberán reunir los requisitos de titulación y mando establecidos en la norma y solicitar la admisión a las pruebas en un plazo de un mes. Es importante destacar que esta convocatoria puede ser un paso hacia la profesionalización del sector, lo que puede beneficiar a los operadores portuarios y a los usuarios de los servicios. Los prácticos en activo y los aspirantes deberán estar atentos a los plazos y requisitos establecidos para no perder la oportunidad de desarrollar su carrera profesional en el sector portuario.
A quién afecta
- Prácticos en activo
- Aspirantes a prácticos
- Operadores portuarios
Texto íntegro del BOE desplegar
El Real Decreto Legislativo 2/2011, de 5 de septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Puertos del Estado y de la Marina Mercante, establece en su artículo 279.5.b), entre otras competencias de la Administración Marítima, el establecimiento y realización de las pruebas precisas para el reconocimiento de la capacitación para prestar servicios de practicaje en un puerto o grupo de puertos determinado. parrafo Igualmente, el artículo 13.2 del Reglamento General de Practicaje, aprobado por Real Decreto 393/1996 de 1 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 66), dispone que la Dirección General de la Marina Mercante, una vez determinadas las pruebas teóricas y prácticas, aprobará el programa de materias a que habrán de ajustarse los ejercicios para el acceso a la actividad de Práctico en un puerto o grupo de puertos determinado, y convocará y realizará las pruebas pertinentes para acreditar la capacitación de los aspirantes para prestar los servicios portuarios de practicaje. parrafo Por otro lado, la Orden FOM/2417/2007, de 25 de julio de 2007, por la que se regula el reconocimiento de la capacitación profesional para la prestación de los servicios portuarios de practicaje portuario, desarrollada posteriormente por Resolución de 4 de febrero de 2013, por la que se aprueba el programa de materias a que habrán de ajustarse los ejercicios de las pruebas para el reconocimiento de la capacitación profesional para la prestación de los servicios de practicaje portuario, establece la división de las pruebas en dos partes, la primera, prueba de conocimiento general sobre el idioma inglés y sobre legislación nacional e internacional, que se organizará y llevará a cabo por la Dirección General de la Marina Mercante, y la segunda, pruebas específicas en cada puerto sobre conocimientos del puerto y resolución teórica de maniobras, que tendrá lugar en el puerto que corresponda, y que se organizará y llevará a cabo por la Dirección General de la Marina Merc
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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