Crónica
La Confederación Hidrográfica del Júcar y la Fundación Global Nature firman un convenio para la custodia fluvial en el Alto Júcar, con el objetivo de proteger y mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos. El convenio se publica en el BOE el 22 de mayo de 2026.
La Confederación Hidrográfica del Júcar y la Fundación Global Nature han firmado un convenio para la realización de actuaciones de custodia fluvial en el Alto Júcar. El objetivo es proteger y mejorar el estado de los ecosistemas acuáticos, prevenir el deterioro y promover la gestión sostenible de los ecosistemas fluviales.
La Fundación Global Nature, organización privada sin ánimo de lucro, tiene como objetivo contribuir a la protección de la naturaleza y la biodiversidad, promoviendo políticas de sostenibilidad y estrategias de conservación. La Confederación Hidrográfica del Júcar tiene entre sus funciones la gestión y administración del Dominio Público Hidráulico, con el objetivo de prevenir el deterioro y proteger los ecosistemas acuáticos.
El convenio se enmarca en la Ley 42/2007, de 13 de diciembre, de Patrimonio natural y Biodiversidad, que ampara la Custodia del Territorio como herramienta para asegurar la colaboración entre Administración, propietarios y usuarios de los terrenos vinculados a los ecosistemas fluviales.
La Fundación Global Nature ha venido desarrollando actividades y campañas de fomento de la participación ciudadana en la conservación y mejora de los ecosistemas acuáticos, y cumple los requisitos para ser entidad de custodia. El convenio busca aprovechar al máximo las posibilidades de colaboración entre ambas entidades para lograr una mayor eficacia en las actuaciones de custodia fluvial.
A quién afecta
- Confederación Hidrográfica del Júcar
- Fundación Global Nature
Texto íntegro del BOE desplegar
La Confederación Hidrográfica del Júcar y la Fundación Global Nature han suscrito, con fecha 18 de mayo de 2026, en la sede del Organismo en Valencia, el convenio de referencia, por lo que conforme a lo previsto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, del Régimen Jurídico del Sector Público, una vez inscrito en el Registro Electrónico estatal de Órganos e Instrumentos de Cooperación del sector público estatal, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo a esta resolución. parrafo Valencia, 22 de mayo de 2026.–El Presidente de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., Miguel Polo Cebellán. parrafo_2 ANEXO anexo_num Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A. y la Fundación Global Nature para la realización de actuaciones de custodia fluvial para el mantenimiento, conservación, recuperación, restauración y mejora del dominio público hidráulico en el Alto Júcar anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, el señor don Miguel Polo Cebellán que interviene en nombre y representación de la Confederación Hidrográfica del Júcar, O.A., con NIF Q.46.17001-E, de la que es Presidente, nombrado por el Secretario de Estado de Medioambiente (toma de posesión del 2 de febrero de 2021), de acuerdo con las facultades que le confiere el artículo 30 del Real Decreto Legislativo 1/2001, de 20 de julio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley de Aguas, y en ejercicio de las competencias asignadas en los artículos 23.2b y 25. 2 del citado texto refundido y que le confiere el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. parrafo_2 De otra parte, Eduardo de Miguel Beascoechea, como Director Gerente, en virtud de la Escritura de Nombramiento de cargos otorgada el día 30 de enero de 2024 ante el Notario don Pedro Muñoz García-Borbolla, y en nombre y representación de la Fundación Global Nature, entidad domiciliada en Fuentes de Nava (Palencia),
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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