Crónica
El Consejo de Seguridad Nuclear prorroga por cuatro años su convenio con el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas para desarrollar actividades de interés mutuo en seguridad nuclear y protección radiológica. La prórroga se formaliza el 4 de junio de 2026.
El Consejo de Seguridad Nuclear y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas han suscrito una adenda de prórroga para el desarrollo de actividades de interés mutuo en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. Esta colaboración se enmarca en el convenio vigente desde el 7 de junio de 2022, que sentó las bases para la realización conjunta de actividades en este ámbito.
La prórroga de cuatro años se formaliza para dar continuidad al objeto del convenio, evaluadas las necesidades técnicas y considerando el éxito de la colaboración hasta la fecha. El Consejo de Seguridad Nuclear y el CIEMAT reconocen mutua capacidad y legitimación para obligarse y suscribir esta prórroga, que requerirá la firma de las partes y será publicada en el Boletín Oficial del Estado.
Esta prórroga refleja la importancia de la colaboración entre ambas entidades para avanzar en la seguridad nuclear y la protección radiológica en España. El CIEMAT, como centro de investigación, y el Consejo de Seguridad Nuclear, como organismo regulador, trabajan juntos para desarrollar y aplicar conocimientos y tecnologías que mejoren la seguridad en este sector.
El coste de esta prórroga recae sobre los recursos asignados a la colaboración entre el CSN y el CIEMAT, sin que se prevean impactos significativos en la economía o en la sociedad en general. Sin embargo, la continuidad de esta colaboración contribuye a reforzar la seguridad nuclear y la protección radiológica en España, lo que a su vez puede tener efectos positivos en la confianza de la sociedad y en la competitividad del sector energético.
A quién afecta
- Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas
- Consejo de Seguridad Nuclear
Texto íntegro del BOE desplegar
El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear y la Directora General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P. han suscrito, con fecha 4 de junio de 2026, la adenda de prórroga para el desarrollo de actividades de interés mutuo en materia de seguridad nuclear y protección radiológica. parrafo Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio, como anejo a la presente resolución. parrafo_2 Madrid, 8 de junio de 2026.–El Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, Juan Carlos Lentijo Lentijo. parrafo_2 ANEJO anexo_num Adenda de prórroga del Convenio entre el Consejo de Seguridad Nuclear y el Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P. para el desarrollo de actividades de interés mutuo en materia de seguridad nuclear y protección radiológica anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, don Juan Carlos Lentijo Lentijo, Presidente del Consejo de Seguridad Nuclear, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 330/2025, de 15 de abril (BOE núm. 92, de 16 de abril), en nombre y representación de este organismo, en virtud de las competencias que le son atribuidas en su Estatuto, aprobado por el Real Decreto 1440/2010, de 5 de noviembre (BOE núm. 282, de 22 de noviembre). parrafo_2 Y, de otra parte, doña Yolanda Benito Moreno, Directora General del Centro de Investigaciones Energéticas, Medioambientales y Tecnológicas, O.A., M.P., cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 386/2022, de 17 de mayo (BOE núm. 118, de 18 de mayo) en nombre y representación del mismo en virtud de las facultades que le son atribuidas por el Real Decreto 1952/2000, de 1 de diciembre (BOE núm. 289, de 2 de diciembre). parrafo Con el fin de establecer una colaboración eficaz entre el Consejo de Seguridad Nuclear (en ade
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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