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Person sitting on a rocky outcrop overlooking a valley · Maria Lupan · Unsplash

BOE MINISTERIO PARA LA TRANSICIÓN ECOLÓGICA Y EL RETO DEMOGRÁFICO · Resolución

CHG y Emasesa firman adenda

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Emasesa firman una adenda para la construcción de infraestructuras hidráulicas en Sevilla. El objetivo es adecuar el tratamiento de aguas residuales para el vertido en zonas sensibles como Doñana.


Crónica

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y Emasesa firman una adenda para la construcción de infraestructuras hidráulicas en Sevilla. El objetivo es adecuar el tratamiento de aguas residuales para el vertido en zonas sensibles como Doñana.

La Confederación Hidrográfica del Guadalquivir (CHG) y la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla (Emasesa) han firmado una adenda para la construcción de infraestructuras hidráulicas necesarias para la adecuación del tratamiento de las aguas residuales de Sevilla. El objetivo es adecuar el tratamiento de aguas residuales para el vertido en zonas sensibles como Doñana.

La adenda se enmarca en el convenio firmado entre ambas partes en febrero de 2021, que tenía una duración de cuatro años y finalizaba en febrero de 2025. Sin embargo, se formalizó una primera adenda en enero de 2025 que prorrogó el convenio hasta mayo de 2026.

La CHG se hará cargo de las actuaciones necesarias para la adecuación del tratamiento de las aguas residuales, incluyendo la construcción de colectores emisarios y la adecuación de la EBAP Tamarguillo.

El coste de estas actuaciones recaerá sobre la CHG y Emasesa, que deberán invertir en la construcción y puesta en funcionamiento de las infraestructuras hidráulicas necesarias. Los beneficiarios directos serán los ciudadanos de Sevilla, que podrán disfrutar de un medio ambiente más limpio y sano.

Análisis

Esta adenda refleja el compromiso de la CHG y Emasesa con la protección del medio ambiente y la mejora de la calidad de las aguas residuales en Sevilla. La adecuación del tratamiento de aguas residuales para el vertido en zonas sensibles como Doñana es un paso importante hacia la conservación de este espacio natural. Los operadores de infraestructuras hidráulicas y los ciudadanos de Sevilla serán los principales beneficiarios de esta adenda.

A quién afecta

  • Emasesa
  • CHG
  • Ciudadanos de Sevilla
Texto íntegro del BOE desplegar

De acuerdo con lo dispuesto en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado», del adenda de modificación al Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, SA (EMASESA), para la construcción financiación, puesta en funcionamiento y entrega de infraestructuras hidráulicas necesarias para la adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno Doñana-Colector Emisario Puerto/EBAP Tamarguillo, otorgado en Sevilla el 25 de mayo de 2026, que se anexa a esta resolución. parrafo Sevilla, 8 de junio de 2026.–La Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., Gloria María Martín Valcárcel. parrafo_2 ANEXO anexo_num Segunda Adenda de modificación al Convenio entre la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, O.A., y la Empresa Metropolitana de Abastecimiento y Saneamiento de Aguas de Sevilla, SA (EMASESA), para la construcción, financiación, puesta en funcionamiento y entrega de infraestructuras hidráulicas necesarias para la adecuación del tratamiento de las EDAR de Sevilla para el vertido a zona sensible en el entorno Doñana-Colector Emisario Puerto/EBAP Tamarguillo anexo_tit En la ciudad de Sevilla, a fecha de la firma electrónica. parrafo_2 REUNIDOS centro_redonda De una parte, doña Gloria María Martín Valcarcel, Presidenta de la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir, Organismo Autónomo, O.A., adscrito al Ministerio para la Transición Ecológica y el Reto Demográfico, en virtud de nombramiento del Secretario de Estado del citado Ministerio de fecha 18 de julio de 2025; en ejercicio de las competencias que le atribuye el artículo 48.2 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público. parrafo_2 De otra parte, don José Luis Sanz Ruiz, Presidente del Consejo de Administración de

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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