Crónica
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia fija los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2027, prorrogando los establecidos para 2026. La medida afecta a empresas transportistas y distribuidoras de gas natural.
La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha establecido los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2027. La resolución prorroga los peajes establecidos para el año de gas 2026, debido a que no se dispone de las retribuciones de las actividades de transporte, distribución y regasificación para el año de gas 2027.
La CNMC tiene la función de establecer la metodología para el cálculo de los peajes y cánones de los servicios básicos de acceso a las instalaciones gasistas, según el artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013. La Circular 6/2020 establece que los peajes de acceso a las redes de transporte, a las redes locales y a las instalaciones de regasificación se publicarán al menos treinta días antes de la fecha de inicio de la subasta anual de capacidad anual.
La medida afecta a empresas transportistas y distribuidoras de gas natural, que deberán pagar los peajes establecidos para acceder a las redes de transporte y distribución. Los peajes podrán modificarse una vez iniciado el año de gas si se producen circunstancias excepcionales debidamente justificadas, como un desajuste en los niveles de tarifas que ponga en riesgo el funcionamiento o la sostenibilidad de las empresas transportistas y/o distribuidoras.
La resolución de la CNMC tiene un impacto directo en la economía del sector energético, ya que los peajes de acceso a las redes de transporte y distribución de gas natural pueden influir en los costes de producción y distribución de la energía. Por lo tanto, es importante que las empresas del sector estén al tanto de los cambios en los peajes y ajusten sus estrategias de negocio en consecuencia.
Análisis
La resolución de la CNMC sobre los peajes de acceso a las redes de transporte, redes locales y regasificación para el año de gas 2027 tiene un impacto significativo en el sector energético. La prórroga de los peajes establecidos para 2026 puede generar incertidumbre en el mercado, ya que las empresas transportistas y distribuidoras de gas natural deberán ajustar sus estrategias de negocio en consecuencia. Es importante que estas empresas estén al tanto de los cambios en los peajes y ajusten sus costes de producción y distribución en consecuencia. Además, la medida puede tener un impacto en la competencia en el mercado energético, ya que las empresas que no puedan ajustar sus costes pueden perder competitividad.
A quién afecta
- Empresas transportistas de gas natural
- Empresas distribuidoras de gas natural
Texto íntegro del BOE desplegar
De acuerdo con la función establecida en el artículo 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y de conformidad con el artículo 36 de la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural, el Consejo, en su sesión de 2 de junio de 2026, acuerda lo siguiente: parrafo En fecha 11 de enero de 2019, se aprobó el Real Decreto-ley 1/2019, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho de la Unión Europea en relación con las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural. Este Real Decreto-ley modifica el artículo 7.1 de la Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, asignando a esta Comisión la función de establecer, mediante circular, la metodología para el cálculo de los peajes y cánones de los servicios básicos de acceso a las instalaciones gasistas. parrafo_2 En aplicación de lo anterior, se aprobó la Circular 6/2020, de 22 de julio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para el cálculo de los peajes de transporte, redes locales y regasificación de gas natural. parrafo Por otra parte, en el ejercicio de las competencias asignadas a la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia en el artículo 7.1.h) de la Ley 3/2013, de 4 de junio, se aprobó la Circular 9/2019, de 12 de diciembre, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establece la metodología para determinar la retribución de las instalaciones de transporte de gas natural y de las plantas de gas natural li
Normativa anterior tocada
- MODIFICA para el año 2027, en la forma indicada, la Resolución de 27 de mayo de 2025
- MODIFICA el art. 36 de la Circular 6/2020, de 22 de julio
- MODIFICA el art. 7.1 bis de la Ley 3/2013, de 4 de junio
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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