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City skyline with apartment buildings and distant mountains · Matteo Squillante · Unsplash

BOE MINISTERIO DE HACIENDA · Resolución

Catastro colabora con administradores

La Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Burgos y Soria firman un convenio de colaboración para mejorar la gestión catastral y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias a los ciudadanos. El acuerdo permitirá la presentación electrónica de declaraciones catastrales y la notificación electrónica.


Crónica

La Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Burgos y Soria firman un convenio de colaboración para mejorar la gestión catastral y facilitar el cumplimiento de obligaciones tributarias a los ciudadanos. El acuerdo permitirá la presentación electrónica de declaraciones catastrales y la notificación electrónica.

La Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Burgos y Soria han firmado un convenio de colaboración en materia de gestión catastral. Este acuerdo busca mejorar la prestación de servicios a los ciudadanos y facilitar el cumplimiento de sus obligaciones tributarias.

El convenio se basa en la Ley del Catastro Inmobiliario y en el Real Decreto que desarrolla su estructura orgánica básica. La colaboración permitirá la presentación electrónica de declaraciones catastrales y la notificación electrónica, lo que agilizará los trámites y reducirá la carga administrativa.

Además, el convenio contempla la gestión de Puntos de Información Catastral, que ofrecerán acceso a la información catastral y otros servicios relacionados. Esta colaboración es un paso hacia la mejora de la eficiencia y la transparencia en la gestión catastral, y beneficiará a los ciudadanos y a las administraciones públicas.

Los beneficiarios directos de este convenio serán los ciudadanos que necesitan realizar trámites catastrales, ya que podrán hacerlo de manera electrónica y más ágil. Por otro lado, las administraciones públicas también se verán beneficiadas, ya que podrán reducir la carga administrativa y mejorar la eficiencia en la gestión de la información catastral.

A quién afecta

  • Administradores de fincas
  • Ciudadanos
Texto íntegro del BOE desplegar

Habiéndose suscrito entre la Dirección General del Catastro y el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Burgos y Soria, un convenio de colaboración en materia de Gestión Catastral, procede la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» de dicho convenio, que figura como anexo de esta resolución. parrafo Madrid, 16 de junio de 2026.–El Director General del Catastro, Jesús Puebla Blasco. parrafo_2 ANEXO anexo_num Convenio entre la Secretaria de Estado de Hacienda (Dirección General del Catastro) y el Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Burgos y Soria, de colaboración en materia de gestión catastral anexo_tit En Burgos y Madrid, a quince de junio del año dos mil veintiséis. parrafo_2 De una parte, don Jesús Puebla Blasco, Director General del Catastro, en virtud del Real Decreto 168/2026, de 3 de marzo (BOE n.º 56, de 4 de marzo) en ejercicio de las competencias que tiene delegadas de conformidad con el artículo decimoctavo de la Orden HFP/1500/2021, de 29 de diciembre, de delegación de competencias y por la que se fijan los límites de las competencias de gestión presupuestaria y concesión de subvenciones y ayudas de los titulares de las Secretarías de Estado (BOE de 31 de diciembre de 2021). parrafo_2 De otra parte, don Rodrigo Mateos Díez, Presidente del Colegio Oficial de Administradores de Fincas de Burgos y Soria, proclamado electo el 26 de mayo de 2023, cuya representación ostenta al amparo del punto 5 del artículo 7.º del Estatuto particular del Colegio, inscrito en el Registro de Colegios Profesionales y Consejos de Colegios de Castilla y León por Orden PAT/545/2004, de 18 de marzo de la Consejería de Presidencia y Administración Territorial de la Junta de Castilla y León (BOCyL de 21 de abril de 2004). parrafo EXPONEN centro_redonda Primero. articulo El texto refundido de la Ley del Catastro Inmobiliario, aprobado por Real Decreto Legislativo 1/2004, de 5 de marzo, establece en su artículo 4 que la formación y mantenimiento del Catastro

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