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Person sitting on a rocky outcrop overlooking a valley · Maria Lupan · Unsplash

BOE COMISIÓN NACIONAL DE LOS MERCADOS Y LA COMPETENCIA · Resolución

CNMC fija retribución

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia fija la retribución por incentivos del gestor técnico del sistema gasista para 2025, según la metodología establecida en la Circular 1/2020 y la Circular 6/2021. La retribución se calculará teniendo en cuenta los indicadores de eficiencia del año de gas 2025.


Crónica

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia fija la retribución por incentivos del gestor técnico del sistema gasista para 2025, según la metodología establecida en la Circular 1/2020 y la Circular 6/2021. La retribución se calculará teniendo en cuenta los indicadores de eficiencia del año de gas 2025.

La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha publicado una resolución que fija la retribución por incentivos del gestor técnico del sistema gasista para el año 2025. Esta retribución se calculará según la metodología establecida en la Circular 1/2020 y la Circular 6/2021, que definen los indicadores de eficiencia para el desempeño de las funciones del gestor técnico durante el año de gas.

El cálculo de la retribución por incentivos se basa en la evaluación de los indicadores de eficiencia del año de gas 2025, que incluyen aspectos como la reducción de costes del sistema gasista y la mejora de la eficiencia en la operación del sistema. La diferencia entre la estimación inicial y el cálculo resultante se incorporará en la retribución del año de gas 2027.

Esta resolución es relevante para los operadores del sistema gasista, que deberán tener en cuenta los indicadores de eficiencia y la metodología de cálculo de la retribución por incentivos para optimizar su desempeño y minimizar los costes. Los departamentos de regulación y compliance de las empresas del sector también deberán estar al tanto de esta resolución para asegurarse de que sus procedimientos y prácticas se ajusten a la normativa vigente.

En cuanto a las implicaciones, esta resolución refleja la continua evolución de la regulación del sector energético en España, que busca promover la eficiencia y la competitividad en el mercado. La CNMC sigue trabajando para asegurarse de que los operadores del sistema gasista cumplan con los estándares de eficiencia y seguridad requeridos, lo que beneficiará a los consumidores y a la economía en general.

Análisis

La resolución de la CNMC sobre la retribución por incentivos del gestor técnico del sistema gasista para 2025 señala la importancia de la eficiencia y la competitividad en el sector energético. Los operadores del sistema gasista deberán adaptarse a la nueva metodología de cálculo de la retribución por incentivos, lo que puede suponer un desafío para aquellos que no hayan implementado medidas para mejorar su eficiencia. Por otro lado, esta resolución también refleja la tendencia hacia una mayor regulación y supervisión del sector energético, lo que puede tener implicaciones para la inversión y el crecimiento en el sector.

A quién afecta

  • Operadores del sistema gasista
  • Departamentos de regulación y compliance
Texto íntegro del BOE desplegar

De acuerdo con el artículo 7 de la Ley 3/2013, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, y el artículo 59 de la Ley 18/2014, de 15 de octubre, del Sector de Hidrocarburos, en la redacción dada a ambos por el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural, así como de conformidad con la Circular 1/2020, de 9 de enero, por la que establece la metodología de retribución del gestor técnico del sistema gasista, y con la Circular 6/2021, de 30 de junio, de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, por la que se establecen los incentivos del gestor técnico del sistema gasista y la afección a su retribución, parrafo La Sala de Supervisión Regulatoria, en su sesión de 11 de junio de 2026, acuerda lo siguiente: parrafo Antecedentes centro_negrita Primero. articulo La Ley 3/2013, de 4 de junio, de creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia, en redacción dada por el Real Decreto-ley 1/2019, de 11 de enero, de medidas urgentes para adecuar las competencias de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia a las exigencias derivadas del derecho comunitario en relación a las Directivas 2009/72/CE y 2009/73/CE del Parlamento Europeo y del Consejo, de 13 de julio de 2009, sobre normas comunes para el mercado interior de la electricidad y del gas natural, establece en su artículo 7.1.i) que es función de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia establecer, mediante circular, la metodología para el cálculo de la retribución del gestor técnico del sistema gasista, en función de los servicios que efectivamente preste. Dicha retribución podrá incorporar incentiv

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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