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Person sitting on a rocky outcrop overlooking a valley · Maria Lupan · Unsplash

BOE MINISTERIO DE ECONOMÍA, COMERCIO Y EMPRESA · Real Decreto

Gobierno adapta FIEM para Ucrania

El Ministerio de Economía modifica el Reglamento del Fondo para la Internacionalización de la Empresa para apoyar proyectos de reconstrucción en Ucrania. El FIEM podrá ofrecer financiación más flexible a empresas españolas que inviertan en el país.


Crónica

El Ministerio de Economía modifica el Reglamento del Fondo para la Internacionalización de la Empresa para apoyar proyectos de reconstrucción en Ucrania. El FIEM podrá ofrecer financiación más flexible a empresas españolas que inviertan en el país.

El Gobierno ha decidido adaptar el Fondo para la Internacionalización de la Empresa (FIEM) para apoyar la reconstrucción de Ucrania. La medida busca impulsar la internacionalización de las empresas españolas en el país y aprovechar las oportunidades económicas que se generan en este escenario.

La Oficina Española para la Reconstrucción de Ucrania, creada recientemente, jugará un papel clave en la movilización de instrumentos financieros oficiales, como el FIEM, para apoyar proyectos de empresas españolas en Ucrania.

El Reglamento del FIEM se ha modificado para permitir una mayor flexibilidad en el análisis de garantías para operaciones reembolsables con entidades ucranianas, lo que permitirá apoyar operaciones en el país aunque los niveles de riesgo sean más altos de lo habitual. Además, se ha establecido un límite de 100 millones de euros acumulados para la financiación no reembolsable de proyectos que contribuyan a la reconstrucción de Ucrania.

La medida es coherente con los principios de buena regulación y responde a la necesidad de adaptar el funcionamiento del FIEM a la realidad económica y financiera de Ucrania. Los beneficiarios directos serán las empresas españolas que inviertan en Ucrania, mientras que el coste de la adaptación del FIEM recaerá en la Administración Pública.

Análisis

Esta modificación del Reglamento del FIEM señala un compromiso claro del Gobierno para apoyar la internacionalización de las empresas españolas en Ucrania. La medida puede sentar un precedente para futuras adaptaciones de instrumentos financieros oficiales a situaciones de crisis o reconstrucción en otros países. Los departamentos de riesgos de las entidades financieras y las empresas españolas que operan en Ucrania deberán revisar sus estrategias de inversión y financiación para aprovechar las oportunidades generadas por esta medida.

A quién afecta

  • Empresas españolas que inviertan en Ucrania
  • Departamentos de riesgos de entidades financieras
Texto íntegro del BOE desplegar

La Ley 11/2010, de 28 de junio, de reforma del sistema de apoyo financiero a la internacionalización de la empresa española, creó el Fondo para la Internacionalización de la Empresa, F.C.P.J. (en adelante, FIEM) como instrumento de apoyo oficial a las operaciones de internacionalización de la empresa española. parrafo Así, el objeto del FIEM es promover las operaciones de exportación de bienes y servicios de las empresas españolas, así como la inversión directa española en el exterior, de manera que el FIEM tiene como objetivo fomentar la internacionalización de las empresas españolas. parrafo La disposición final segunda de la Ley 11/2010, de 28 de junio, autoriza al Gobierno para aprobar el desarrollo reglamentario del FIEM con el fin de completar la regulación del Fondo, en aspectos tales como los supuestos bajo los que se puede otorgar financiación no reembolsable por el FIEM o los análisis de solvencia a realizar en relación con la financiación reembolsable. Todo ello sin perjuicio de la aplicación supletoria de la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, a la actividad del FIEM, entre otros aspectos, en relación con el control financiero que compete al Tribunal de Cuentas. parrafo El Real Decreto 867/2025, de 30 de septiembre, por el que se modifican el Real Decreto 1009/2023, de 5 de diciembre, por el que se establece la estructura orgánica básica de los departamentos ministeriales, y el Real Decreto 410/2024, de 23 de abril, por el que se desarrolla la estructura orgánica básica del Ministerio de Economía, Comercio y Empresa, ha creado la Oficina Española para la Reconstrucción de Ucrania. parrafo Esta Oficina Española para la Reconstrucción de Ucrania responde a una necesidad estratégica de la política económica y comercial entre España y Ucrania, asociada al aumento del interés de las empresas españolas por el mercado ucraniano, especialmente en el actual escenario, en el que la reconstrucción del país representa, además de una oportunidad

Leer el texto completo en BOE →

Normativa anterior tocada

  • MODIFICA los arts. 10, 21 y 24 del Reglamento aprobado por Real Decreto 1797/2010, de 30 de diciembre
  • MODIFICA la disposición final 2 de la Ley 11/2010, de 28 de junio

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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex

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