Crónica
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación resuelve parcialmente la convocatoria de libre designación para puestos de trabajo. La resolución afecta a varios funcionarios que pasarán a ocupar nuevos destinos en embajadas y consulados en el extranjero. La toma de posesión se ajustará al régimen establecido en el Real Decreto 364/1995.
El Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación ha publicado una resolución parcial que resuelve la convocatoria de libre designación para puestos de trabajo en el ministerio. La resolución incluye el nombramiento de varios funcionarios para ocupar cargos en embajadas y consulados en el extranjero, como la Embajada de España en Costa Rica, la Embajada de España en Cuba y la Embajada de España en Serbia.
Los funcionarios nombrados pasarán a ocupar sus nuevos destinos según el régimen de toma de posesión establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995. Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra ella podrá interponerse recurso administrativo de reposición o recurso contencioso-administrativo.
El coste de esta resolución recae sobre los funcionarios que deben trasladarse a sus nuevos destinos, así como sobre el ministerio que debe asegurar la continuidad de los servicios en las embajadas y consulados afectados. La resolución no tiene un impacto significativo en la economía o en la sociedad en general, pero sí afecta a los funcionarios y a las familias que deben trasladarse.
A quién afecta
- Funcionarios del Ministerio de Asuntos Exteriores
- Empleados de embajadas y consulados
Texto íntegro del BOE desplegar
Por Resolución de 22 de enero de 2026 (BOE núm. 29, de 2 de febrero de 2026), de la Subsecretaría de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, se anunció convocatoria para la provisión, por el sistema de libre designación, de puestos de trabajo en el Ministerio de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación. parrafo De acuerdo con lo establecido en el artículo 20.1.c) de la Ley 30/1984, de 2 de agosto, de Medidas para la Reforma de la Función Pública, y previo cumplimiento de la tramitación que exige el artículo 54 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo, por el que se aprueba el Reglamento General de Ingreso del Personal al Servicio de la Administración General del Estado, y de Provisión de Puestos de Trabajo y Promoción Profesional de los Funcionarios Civiles de la Administración General del Estado, parrafo Este Ministerio acuerda dar publicidad a la resolución parcial de la convocatoria de referencia según se detalla en el anexo. parrafo El régimen de toma de posesión del nuevo destino será el establecido en el artículo 48 del Real Decreto 364/1995, de 10 de marzo. parrafo Contra la presente resolución, que pone fin a la vía administrativa, podrá interponerse, potestativamente, recurso administrativo de reposición en el plazo de un mes ante el mismo órgano que lo dictó (artículo 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas), o bien, recurso contencioso-administrativo en el plazo de dos meses contados a partir del día siguiente al de su publicación ante la Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Superior de Justicia que corresponda, con arreglo a lo dispuesto en los artículos 10.1.i) y 14.1.segunda de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa. parrafo_2 Madrid, 18 de junio de 2026.–El Subsecretario de Asuntos Exteriores, Unión Europea y Cooperación, P. S. (Real Decreto 1184/2024, de 28 de noviembre), la Secretaria General
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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