Crónica
El Consejo General del Poder Judicial convoca concurso para la provisión de cargos judiciales entre miembros de la Carrera Judicial con categoría de Juez/a, con un plazo de 15 días para presentar solicitudes. La convocatoria se realiza de acuerdo con la Ley Orgánica 6/1985 y el Reglamento 2/2011.
El Consejo General del Poder Judicial ha anunciado un concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, dirigido a miembros de la misma con categoría de juez/a. La convocatoria se realiza de acuerdo con la Ley Orgánica 6/1985 y el Reglamento 2/2011, y tiene como objetivo cubrir plazas vacantes en la judicatura.
Los aspirantes deberán cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria, que incluyen no estar en situación de suspensión definitiva, no haber sido sancionados con traslado forzoso, y no haber obtenido un destino en los últimos dos años. Además, los jueces que hayan obtenido un primer destino en la categoría de juez/a no podrán participar en el concurso hasta que transcurra un año desde su nombramiento.
El concurso se resolverá en favor de los jueces que ocupen el mejor puesto escalafonal, salvo previsión específica de la ley para determinados juzgados. Los aspirantes deberán presentar sus solicitudes en un plazo de 15 días naturales, contados a partir del día siguiente al de la publicación del concurso en el Boletín Oficial del Estado.
La convocatoria de este concurso supone una oportunidad para que los miembros de la Carrera Judicial puedan acceder a destinos en la judicatura y desarrollar su carrera profesional. Sin embargo, también plantea desafíos para los aspirantes, que deberán cumplir con los requisitos establecidos y demostrar su idoneidad para el cargo.
A quién afecta
- Jueces
- Magistrados
- Consejo General del Poder Judicial
Texto íntegro del BOE desplegar
De conformidad con lo establecido en los artículos 326, 327, 329, 330, 334, 602 y concordantes de la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial y del Reglamento 2/2011, de 28 de abril, de la Carrera Judicial, parrafo La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial, en su reunión del día 15 de junio de 2026, ha acordado anunciar concurso para la provisión de destinos en la Carrera Judicial, entre miembros de la misma con categoría de juez/a, con arreglo a las siguientes parrafo Bases centro_negrita Primera. articulo No podrán tomar parte en el concurso: parrafo a) Los jueces/zas electos/as. parrafo_2 b) Los/as que se hallaren en condiciones legales para ser promovidos/as a la categoría de magistrado/a cuando se haya iniciado el trámite de promoción. parrafo c) Los/as que se hallaren en situación administrativa de suspensión definitiva. parrafo d) Los/as sancionados/as con traslado forzoso hasta que trascurra el plazo determinado en la resolución que ponga fin al proceso sancionador. parrafo e) Los/as que hubieran sido designados/as a su instancia para cualquier cargo judicial de provisión reglada, hasta trascurridos dos años desde la fecha de nombramiento. parrafo f) Los jueces/zas que hayan obtenido primer destino en tal categoría no podrán deducir petición hasta trascurrido un año desde el nombramiento, cualquiera que hubiera sido el sistema o el momento de su nombramiento. parrafo g) Los jueces/zas de refuerzo, en expectativa de destino, en tanto no tomen posesión como jueces/zas titulares, cumplido lo dispuesto en el apartado anterior. parrafo h) Quienes desempeñen destino por el mecanismo de provisión previsto en el artículo 355 bis.2 de la Ley Orgánica del Poder Judicial no podrán concursar hasta transcurrido un año desde la fecha de la orden de nombramiento, a menos que antes de que transcurra un año se encuentren en situación de adscripción. parrafo Segunda. articulo Quienes hallándose en una situación administrativa distinta del ser
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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