Crónica
La Abogacía General del Estado y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda firman un convenio de asistencia jurídica. La Abogacía prestará asesoramiento y defensa jurídica a la FNMT-RCM.
La Abogacía General del Estado y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda han firmado un convenio de asistencia jurídica. Este acuerdo permitirá a la Abogacía General del Estado prestar asesoramiento jurídico y defensa a la FNMT-RCM en los mismos términos que a la Administración General del Estado.
La FNMT-RCM es una entidad pública empresarial que tiene por objeto la producción de moneda y timbre, y que tiene personalidad jurídica propia y plena capacidad pública y privada. La Abogacía General del Estado ya había suscrito un convenio de asistencia jurídica con la FNMT-RCM en 2024, pero este nuevo acuerdo busca mejorar la coordinación y efectividad de la asistencia jurídica.
El convenio establece que la Abogacía General del Estado designará a uno o más Abogados del Estado en activo para actuar como coordinadores directos de la asistencia jurídica a la FNMT-RCM. La FNMT-RCM colaborará con los Abogados del Estado para la mejor defensa de los intereses en litigio.
Este acuerdo beneficiará a la FNMT-RCM al proporcionarle acceso a asesoramiento jurídico especializado y defensa en los tribunales. Por otro lado, la Abogacía General del Estado podrá mejorar su coordinación y efectividad en la prestación de asistencia jurídica a las entidades públicas.
A quién afecta
- FNMT-RCM
- Abogacía General del Estado
Texto íntegro del BOE desplegar
El Abogado General del Estado y la Directora General de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio, han suscrito, con fecha de 22 de mayo de 2026, un convenio de asistencia jurídica. parrafo Para general conocimiento, y en cumplimiento de lo establecido en el artículo 48.8 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público, dispongo la publicación en el «Boletín Oficial del Estado» del referido convenio como anejo a la presente resolución. parrafo Madrid, 23 de junio de 2026.–El Subsecretario de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Alberto Herrera Rodríguez. parrafo_2 ANEJO anexo_num Convenio de asistencia jurídica entre la Administración General del Estado (Ministerio de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes, Abogacía General del Estado) y la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio (FNMT-RCM, E.P.E., M.P.) anexo_tit REUNIDOS centro_redonda De una parte, don David Segundo Vilas Álvarez, en su condición de Abogado General del Estado, cargo para el que fue nombrado por Real Decreto 578/2024, de 18 de junio (BOE núm. 148, de 19 de junio de 2024), quien actúa en virtud de la delegación conferida a su favor por el Ministro de la Presidencia, Justicia y Relaciones con las Cortes en el artículo 8.d) de la Orden PJC/1062/2024, de 3 de octubre, sobre delegación de competencias y fijación de límites para la administración de determinados créditos para gastos. parrafo_2 De otra parte, doña María Isabel Valldecabres Ortiz, actuando en nombre y representación de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda, Entidad Pública Empresarial, Medio Propio (FNMT-RCM, E.P.E., M.P.) con domicilio social en calle Jorge Juan, 106, 28009 Madrid, y NIF Q2826004J, en su condición de Directora General, cargo para el que fue nombrada por Real Decreto 726/2021, de 3 de agosto, publicado en el «Boletín O
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Redacción asistida por IA · revisión editorial humana · fuente: BOE/EUR-Lex
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